Uno de los dirigentes de las Juventudes de Democracia Nacional, Pedro Chaparro, vinculado con el ataque a la librería Blanquerna.

Uno de los dirigentes de las Juventudes de Democracia Nacional, Pedro Chaparro, vinculado con el ataque a la librería Blanquerna. Efe

Tribunales

La Audiencia de Madrid para el ingreso en prisión de los condenados por Blanquerna

El tribunal que juzgó a los asaltantes acuerda esperar la decisión del TC sobre la suspensión de la condena mientras tramita los recursos de amparo

21 noviembre, 2017 18:53

La Sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid, que juzgó el asalto de un grupo de extrema derecha a la librería Blanquerna durante la conmemoración de la Diada de 2013, ha acordado dejar sin efecto la fecha de ingreso en prisión de cinco de los condenados, que estaba prevista para el día 20 de noviembre.

En una resolución dictada el pasado viernes, la Audiencia se refiere a la admisión a trámite de los recursos de amparo interpuestos por el defensor de los condenados, Miguel Durán, ante el Tribunal Constitucional y a la apertura de una pieza separada en la que el TC se pronunciará sobre la suspensión de la ejecución de la condena.

Para la Audiencia, es necesario quedar a la espera del pronunciamiento del Tribunal Constitucional para no frustrar su eficacia, por lo que ha paralizado los encarcelamientos previstos.

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La Audiencia Provincial también emplaza a los condenados que no interpusieron recurso de amparo y, asimismo, a las acusaciones, para que comparezcan ante el Tribunal Constitucional en el plazo de diez días, remitiendo al Tribunal Constitucional copia de la totalidad de las actuaciones.

Las condenas

Se les condenó por un delito de desórdenes públicos en concurso ideal con el de impedimento del derecho de reunión a la pena de 2 años y 10 meses de prisión, con la concurrencia de la agravante de obrar por motivos de discriminación ideológica, a quienes, en la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, se les impuso por este hecho 6 meses de prisión.

Además se les penó también por un delito de daños ocasionados en bienes de propiedad pública 1 año y un mes de prisión y multa de quince meses al concurrir según el Tribunal Supremo la agravante de actuar por motivos ideológicos discriminatorios y la atenuante de reparación del daño.