El diputado José Luis Ábalos durante una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados

El diputado José Luis Ábalos durante una sesión plenaria en el Congreso de los Diputados Europa Press

Política

Ábalos renuncia al acta de diputado pero no evitará su primer juicio en el Supremo por presunta corrupción

Previsiblemente, la investigación del resto del 'caso Ábalos', relativa al supuesto amaño de obras públicas, será enviada a la Audiencia Nacional.

Ana María González Herdaro, alcaldesa de Llaurí (Valencia), ocupará el escaño que deja el exministro. Fue condenada en 2021 por conducir ebria.

Más información: La Fiscalía Anticorrupción pide 24 años de cárcel para Ábalos por seis delitos de la trama de las mascarillas

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Las claves

José Luis Ábalos ha renunciado a su acta de diputado tras la decisión del Supremo de mantenerle en prisión preventiva por riesgo de fuga.

El exministro de Transportes será juzgado en el Supremo por presunta corrupción en la compra de mascarillas; la Fiscalía pide 24 años de cárcel y el PP, 30.

La renuncia de Ábalos al escaño no impedirá que sea juzgado en el Supremo, ya que la apertura del juicio oral fija la competencia del tribunal.

Su escaño lo ocupará Ana María González Herdaro, alcaldesa de Llaurí, quien fue condenada en 2021 por conducir ebria.

El exdirigente socialista José Luis Ábalos ha renunciado este miércoles a su acta de diputado. Así lo ha dado a conocer en su perfil en la red social X.

El exministro de Transportes ha vinculado su renuncia al aforamiento a la decisión tomada el pasado día 19 por la Sala de Apelación del Tribunal Supremo de mantenerle en prisión preventiva por riesgo de fuga.

"Una vez resuelto por la Sala II del Tribunal Supremo mi recurso de apelación contra el auto de prisión", escribe Ábalos, "hoy he presentado ante la Mesa del Congreso mi renuncia al acta de diputado por València".

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El antiguo brazo derecho de Pedro Sánchez añade que, "pese a las prisas siempre de los órganos de gobierno de la Cámara por suspender mis derechos y deberes como diputado", siempre ha defendido "la importancia de hacer prevalecer la integridad del derecho de representación".

Ésa es la razón, afirma, por la que ha mantenido su acta hasta hoy, cuando "entiendo no puedo sostener en mi actual situación procesal y sobre la que estoy proyectando toda mi actividad en ejercitar mi derecho de defensa y el amparo de mi inocencia".

Desde el 27 de noviembre pasado, el exsecretario de Organización del PSOE está en prisión provisional a la espera del juicio por una parte del llamado caso Ábalos.

En concreto, por las supuestas irregularidades en la compra, por parte del Ministerio de Transportes, de millones de mascarillas, al inicio de la pandemia de la Covid-19, a la empresa Soluciones de Gestión, entre otros hechos.

La Fiscalía Anticorrupción pide para Ábalos 24 años de cárcel. Las acusaciones populares, lideradas por el Partido Popular, piden penas que suman tres décadas de prisión.

Fuentes del Tribunal Supremo indican que la renuncia al acta no evitará que sea la Sala Penal la que celebre este primer juicio, que ya está señalado.

Las mismas fuentes señalan que el criterio que se ha seguido de forma constante es que la competencia del alto tribunal se mantiene si la pérdida de la condición de aforado se produce después de la apertura del juicio oral.

Esa resolución ya fue acordada en este caso por el magistrado instructor, Leopoldo Puente, el pasado 11 de diciembre.

La audiencia preliminar del juicio está señalada para el 12 de febrero y en ella, si las partes lo desean, se podrá volver a plantear la competencia del Supremo.

En 2014, la Sala Penal adoptó un acuerdo no jurisdiccional sobre los efectos de la pérdida de la condición de aforado como consecuencia de la renuncia del encausado.

En ese acuerdo, adoptado por unanimidad, se estableció que, "en las causas con aforados, la resolución judicial que acuerda la apertura del juicio oral constituye el momento en el que queda definitivamente fijada la competencia del tribunal de enjuiciamiento, aunque, con posterioridad a dicha fecha, se haya perdido la condición de aforado".

Esa situación es la que ocurre en este caso: ya está fijado el juicio ante la Sala Penal del Supremo y la renuncia al acta de diputado, por parte de Ábalos, se ha producido después.

El 'capricho' del acusado

"No puede quedar al azar o al capricho del acusado tratar de convertir en contingente y dependiente de su voluntad (...) la determinación del Tribunal de juzgamiento", ha señalado la Sala Penal en anteriores resoluciones sobre aforados.

La Sala Penal lleva semanas inmersa en los preparativos de la vista oral contra el exministro de Transportes, para la que ha designado a siete magistrados.

Tal como informó EL ESPAÑOL, el propio presidente de la Sala, Andrés Martínez Arrieta, se reunió el pasado día 16 con las partes, entre ellas el nuevo abogado de Ábalos, Marino Turiel, para debatir el calendario y otros pormenores del juicio.

Ábalos, que lleva meses considerando la posibilidad de dejar el acta (su primer abogado, José Aníbal Álvarez, ya se lo recomendó), ha presentado finalmente la renuncia a 16 días de la audiencia preliminar del juicio.

En cambio, sí perderá su competencia el magistrado del Supremo Leopoldo Puente para seguir investigando la otra pieza separada del caso Ábalos, relativa a la presunta adjudicación de obras públicas de Transportes a cambio de sobornos que habrían percibido Ábalos, su asistente Koldo García y el exdirigente socialista Santos Cerdán, según los investigadores.

Esta pieza, previsiblemente, será remitida a la Audiencia Nacional, que ya investiga a otros implicados en esos mismos hechos, como la expresidenta de Adif Isabel Pardo de Vera y el exdirector general de Carreteras Javier Herrero.

La sucesora, condenada por conducir ebria

El escaño dejado por Ábalos corresponde al siguiente nombre en la lista electoral socialista a las últimas elecciones generales: Ana María González Herdaro.

Fuentes del PSPV-PSOE confirman a EL ESPAÑOL que ésta recogerá su acta y se convertirá en diputada.

González es la actual alcaldesa de Llaurí (Valencia). En 2021, fue condenada, de conformidad, a pagar una multa de 960 euros y a ocho meses de retirada del carné por conducir ebria (con una tasa superior a los 0,6 miligramos de alcohol).

Ella se excusó: en declaraciones a EL ESPAÑOL, indicó que este hecho pertenecía a su "vida privada" y no a la esfera pública.