Vídeo de Falange cuya difusión se ha paralizado.

Vídeo de Falange cuya difusión se ha paralizado.

Política 23-J

La JEC no impide la cuña de Falange con el 'Cara al sol' e insta a RTVE a acudir a la Fiscalía si ve delito

La corporación pública había consultado si infringe la Ley de Memoria Democrática, pero la Junta Electoral asegura que no es su competencia. 

8 julio, 2023 14:33

La Junta Electoral Central asegura que no tiene competencias para impedir la emisión de una cuña electoral de Falange Española de las JONS en la que suena el Cara al sol. El órgano emplaza a la Corporación RTVE a acudir a la Fiscalía si considera que hay delito.

RTVE decidió, este viernes, paralizar de manera preventiva la emisión de una cuña radiofónica del partido porque incluía el himno ampliamente utilizado durante la dictadura franquista.

La corporación pública trasladó entonces una consulta a la Junta Electoral para saber si dicha emisión, que tendría lugar en los espacios gratuitos de propaganda electoral, podría suponer una infracción de la Ley de Memoria Democrática. La emisión tendría que suceder el próximo lunes. 

[RTVE paraliza un anuncio de Falange con el 'Cara al Sol' y pregunta a la JEC si cumple la Ley de Memoria]

En su escrito, RTVE aseguró que el artículo 62.1 de la ley considera una infracción grave las campañas de publicidad que "inciten a la exaltación personal o colectiva de la sublevación militar, de la Guerra Civil o de la dictadura, de sus dirigentes o de las organizaciones que sustentaron al régimen dictatorial cuando entrañe descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas". 

Por su parte, el partido Falange Española de las JONS ha recordado, en las alegaciones, que se trata de una formación política perfectamente legal y asegura que el Cara al sol no hace mención "a ningún colectivo ni contiene menosprecio o humillación de nadie". 

La Junta Electoral ha respondido con celeridad y, en una resolución emitida este sábado, asegura que "carece de competencia para acordar la suspensión de un vídeo de propaganda electoral por su supuesto contenido delictivo".

El órgano ha recordado que según el artículo 20.5 de la Constitución Española, "sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial". 

Como no hay dicha resolución judicial, la Junta Electoral entiende que no debe entrometerse. Eso sí, insta a RTVE a poner esta situación en conocimiento del Ministerio Fiscal si considera que se está cometiendo un delito, para que sean las autoridades competentes las que dicten cómo se debe actuar. 

Ante esta resolución, todo apunta a que Radio Nacional tendrá que volver a emitir el Cara al sol después de muchos años sin hacerlo.