Los 35 acusados de pertenecer a ETA llegan al tribunal.

Los 35 acusados de pertenecer a ETA llegan al tribunal. Chema Moya Efe

España Macrojuicio

35 miembros de ANV y PCTV niegan su vinculación con ETA-Batasuna

Siete años después de su detención, los dirigentes de las formaciones ilegalizadas se sientan en el banquillo.

4 diciembre, 2015 03:39

La Fiscalía y las acusaciones populares entienden que ANV y PCTV se crearon como continuación de Batasuna y con el único fin de que los dirigentes de ésta siguieran cobrando del partido porque, en realidad, eran los mismos que los de la 'mesa nacional' de Batasuna.

Este jueves se sentaron delante de un tribunal de la Audiencia Nacional para mantener el mismo discurso de siempre. Es decir, su acusación sólo es fruto de una persecución política. Por sus ideas y militancia política, sostienen, podrían acabar en la cárcel.

Su línea de defensa, basada en que sufren una persecución injusta y en negar la mayor (su vinculación con Batasuna y, por tanto, con ETA), cierra las puertas a una posible atenuación de la petición de penas, según fuentes jurídicas. La petición de diez años de prisión podría verse rebajada sólo en el caso de que reconozcan los hechos y pidan perdón a las víctimas del terrorismo.

Sin embargo, la defensa liderada por el histórico abogado Iñigo Iruín va a mantenerse en negar de manera tajante su relación con la banda terrorista. Los siete de los 35 acusados que declararon en la primera jornada sostuvieron que ellos sólo defendían una postura política y que por eso no pueden ser condenados.

Comparación con el proceso de Burgos

El propio histórico dirigente abertzale Pernando Barrena, acusado en el juicio, dijo antes de llegar a la vista que estaban sufriendo una “persecución política” y comparó el caso con el proceso de Burgos, que se inició hoy hace 45 años “y en el que también se procesó a militantes políticos vascos por su labor política”.

Los acusados que declararon en la primera jornada negaron cualquier vínculo con ETA y aclararon que sus labores dentro de los partidos independentistas fueron estrictamente políticas, en el ejercicio de sus “derechos civiles” o bien de carácter administrativo.

No piensa así la Fiscalía, que considera que tanto ANV como PCTV se dejaron “fagocitar” por la banda criminal actuando entre 2005 y 2009 como meros “testaferros” de los terroristas, cuyo único objetivo era “eludir la acción de la justicia” y participar en las elecciones mediante candidaturas títeres. Entre los acusados se encuentran históricos como Juan José Petrikorena, además de Barrena.

El juicio está previsto para varios meses y las sesiones orales acaban de empezar. Está por ver qué ocurrirá al final de la vista y si la Fiscalía mantendrá su petición inicial de diez años de cárcel por pertenencia a organización terrorista después de escuchar a los acusados, testigos y peritos.

La última reforma del Gobierno

Sin embargo, para que el Ministerio Público rebajara la pena y aplicara una atenuante debería tener encima de la mesa un reconocimiento de los hechos y una muestra de arrepentimiento y perdón. ANV y PCTV fueron ilegalizadas por el Tribunal Supremo mientras que paralelamente el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón detenía a sus dirigentes y les acusaba de pertenencia a banda armada.

Otro escenario que se baraja es la aplicación de la doctrina del Tribunal Supremo que ha permitido la absolución el pasado noviembre de varios dirigentes de la organización juvenil vinculada a ETA, Segi. En esa sentencia, el alto tribunal indica que para apreciar delito de pertenencia a organización terrorista en relación con una de las organizaciones satélites de ETA como es Segi, es exigible la acreditación de una militancia activa y no la mera adscripción o afiliación a la organización. Sin embargo, para el caso de los dirigentes de ANV y PCTV, por lo menos para aquellos que formaban parte de la dirección de Batasuna, la consideración de una simple adscripción es complicada.

En el caso Segi, por otra parte, la última reforma del Código Penal permitió reducir la pena a dos condenados. El artículo 579 bis-4 del texto que entró en vigor el pasado 1 de julio permite rebajar las penas por delitos de terrorismo cuando el hecho sea objetivamente de menor gravedad por los medios empleados o los resultados producidos. Las fuentes consultadas explican que en su momento habrá que analizar si puede aplicarse.