Juicio a enfermera por no atender a un joven que murió en Corral de Almaguer.

Juicio a enfermera por no atender a un joven que murió en Corral de Almaguer. EP

Toledo

La familia del joven que murió en Corral de Almaguer recurrirá la decisión del jurado al no declarar culpable a la enfermera

El abogado de la familia asegura que, pese a la decisión del jurado, los hechos probados encajan con omisión del deber de socorro.

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El jurado popular de la Audiencia Provincial de Toledo ha declarado este viernes no culpable a V.M.F, la enfermera acusada de omisión del deber de socorro tras la muerte de Cristian, el joven de 21 años, en Corral de Almaguer (Toledo) mientras jugaba al fútbol el 27 de enero de 2018. Esta decisión según ha anunciado a este medio el abogado de la familia "lo lógico será" que se recurra.

El veredicto se ha producido tras varias horas de deliberación y después de que el acta del jurado fuera devuelta inicialmente por contradicciones entre hechos probados y veredicto.

El jurado, compuesto por cuatro mujeres y cinco hombres, ha determinado que la enfermera no advirtió la gravedad de la situación hasta que un segundo testigo alertó de que el joven se estaba poniendo morado. Dos minutos después, ya estaba en el pabellón el personal sanitario de la UVI móvil de Quintanar de la Orden, que inició la reanimación.

Los miembros del jurado han considerado que la enfermera habría tardado más en preparar un equipo propio desde el centro de salud que la llegada del 112, siendo esta la base de la absolución.

Omisión de socorro

No obstante, Ignacio Montoro, abogado de la familia junto al letrado Adrián Carriedo, ha advertido en declaraciones a EL ESPAÑOL de Castilla-La Mancha que el veredicto "no refleja la realidad jurídica de los hechos".

Según sus palabras, el jurado ha declarado probados por unanimidad cinco de los seis hechos desfavorables, que según el artículo 196 del Código Penal y la jurisprudencia constituyen omisión del deber de socorro profesional.

Montoro ha explicado que la enfermera era plenamente consciente del riesgo grave para la salud del joven y, aun así, no acudió, lo que encajaría en el delito. "Absolverla porque el jurado consideró que no hubiera llegado antes de la UVI móvil es un error humano que contrasta con lo que dicta la ley", ha señalado

El abogado ha adelantado a este medio que la familia "lo más lógico es que recurrirá la sentencia" ante el TSJ de Castilla-La Mancha, destacando que los hechos probados encajan "al 100 % con la omisión de socorro".

Durante el juicio, la Fiscalía no ha presentado acusación, mientras que la acusación particular habría pedido multa, inhabilitación e indemnización.

La enfermera y el médico inicialmente imputado declararon, aunque finalmente la acción penal contra el médico fue retirada al demostrarse que se encontraba atendiendo consultas cuando ocurrieron los hechos.