La asociación El Defensor del Paciente ha hecho pública una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Toledo que condena al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) y a la aseguradora SegurCaixa Adeslas S.A. a abonar 154.800 euros al viudo y a los tres hijos de una mujer fallecida en el Hospital Virgen de la Luz de Cuenca en 2020. Este juzgado, cuya sentencia es firme, ha determinado que el fallecimiento se debió a un retraso en el diagnóstico de una endocarditis infecciosa que resultó letal para esta paciente de 54 años.

Desde la asociación explican que E.M.C., iniciales de la paciente sufrió una operación de corazón en 2011 para implantarle una prótesis mitral y otra aórtica. Desde entonces seguía sus revisiones pertinentes, hasta que en enero de 2020 comenzó a sentrise mal. Estas indisposiciones le llevaron a sufrir hasta cuatro ingresos en el Hospital Virgen de la Luz sin que le diese un diagnóstico de certeza. En uno de esos ingresos, el estado de la paciente se agravó por la insuficiencia cardiaca que sufría y que le provocó retención de líquidos. Esto derivó en una desregularización del socio como efecto secuendario del uso de diuréticos.

El 20 de abril de 2020, E.M.C. sufrió un fallo sistémico por una septicemia extendida a las válvulas del corazón, las cuales estaban cubiertas de bacterias y le habían provocado la endocarditis infecciosa. La paciente fue intervenida de urgencia en el complejo hospitalario Rúber de Madrid, donde el cardiólogo que la intervino "no daba crédito de cómo era posible que su médico no le hubiese realizado un hemocultivo y cómo la habían dejado llegar en esa situación estando ingresada en un hospital" según explica El Defensor del Paciente.

En esta cirugía entró con un fallo sistémico, infarto cerebral, necrosis en manos y pies por falta de riego sanguíneo y otros fallos en órganos, contra los que luchó durante cinco semanas en el Hospital Virgen de la Luz hasta que el 26 de mayo de 2020, E.M.C. terminó falleciendo.

La sentencia de este caso, cuyo procedimiento ha sido dirigido por el abogado Antonio Navarro Rubio, confirma que no se le realizó un ecocardiograma transesofágico, una prueba que "hubiese podido analizar las válvulas para descartar una infección en ellas, así como una infección en la sangre que las pudiese afectar, dados los signos y síntomas que presentaba la paciente desde su primer ingreso el día 7 de enero, y la existencia de prótesis valvular", asegura El Defensor del Paciente.

De igual modo, remarcan que la falta de un diagnóstico precoz provocó que la paciente "entrara en situación de shock séptico y fallo multiorgánico, impidiendo que fuera diagnosticada a tiempo de la endocarditis infecciosa que presentaba sobre las prótesis del corazón e instaurar el tratamiento antibiótico adecuado y realizar la intervención con muchísimo menos riesgo, existiendo un retraso tanto en la instauración del tratamiento farmacológico como en la realización de pruebas diagnósticas que propiciaron la perdida de oportunidad terapéutica".