Jorge Mendes junto a Cristiano Ronaldo.

Jorge Mendes junto a Cristiano Ronaldo. REUTERS

1ª División

Un juez del cuarto turno entre Bárcenas, el pequeño Nicolás y Cristiano Ronaldo

Arturo Zamarriego sostuvo que la divulgación de los datos fiscales de jugadores vinculados al bufete Senn Ferrero "supondría amparar un presunto hecho delictivo".

4 diciembre, 2016 01:52

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Arturo Zamarriego, el juez que prohibió a El Mundo "la publicación de datos personales, financieros y fiscales y/o de índole legal de los clientes de la entidad Senn Ferrero", está considerado un instructor expeditivo. Tiene claro dónde quiere llegar con sus investigaciones, no le impone la persona que tiene enfrente -sea el extesorero del PP Luis Bárcenas, el comisario José Villarejo o el presunto pederasta de Ciudad Lineal- y no siente una particular estima por la prensa. Baste decir que tiene a varios periodistas bajo su lupa en el caso del pequeño Nicolás y que en la resolución sobre el rotativo de la Avenida de San Luis no incluye ponderación alguna de la afectación que la prohibición de publicar supone para el derecho fundamental de los ciudadanos a estar informados de asuntos de relevancia pública, como son las supuestas irregularidades tributarias de estrellas del fútbol de reconocimiento internacional.

A punto de cumplir 59 años, Zamarriego llegó a la carrera judicial procedente del Cuerpo Jurídico Militar y, a decir de letrados que han actuado en su Juzgado, se le nota la impronta castrense, en especial en el trato a los investigados (antes denominados imputados). El mismísimo Villarejo, tan curtido en operaciones policiales confesables o no, le llegó a denunciar ante el Consejo General del Poder Judicial por "prepotente, maleducado e intimidatorio", actitudes que no apreció el órgano de gobierno de los jueces. La denuncia fue archivada.

Zamarriego lleva 18 años en la Judicatura, a la que accedió por el llamado "cuarto turno". Es un mecanismo que, sin necesidad de superar la oposición, permite que juristas de reconocida competencia sean nombrados directamente magistrados.

Su primer destino, en 1998, fue un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción en Santander. En 2001 pasó a un Juzgado de esa misma clase en Alcalá de Henares y en 2006 cambió su enfoque profesional y pidió un Juzgado de Violencia sobre la Mujer de nueva creación. No estuvo mucho tiempo, apenas tres años. Desde principios de 2009 es titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Madrid, en el que permanece desde entonces. Desde este Juzgado ha archivado la denuncia de Bárcenas contra el PP por una supuesta falsedad documental en su procedimiento de despido laboral.

También ha enviado a juicio a Francisco Nicolás Gómez Iglesias por presuntos delitos de usurpación de funciones públicas, falsedad documental y cohecho por hacerse pasar por representante del Gobierno y de la Casa Real. El pequeño Nicolás se enfrenta a una pena de siete años de prisión solicitada por el fiscal.

En el marco del caso Nicolay, Zamarriego es el responsable de la pieza separada en la que se investiga la ilícita grabación de una reunión entre miembros del CNI y el exjefe de Asuntos Internos de la Policía, Marcelino Martin Blas, para tratar del pequeño Nicolás. En contra de la Fiscalía, el magistrado insiste en mantener al comisario Martín Blas en la comisión judicial que investiga por esos hechos a José Villarejo, lo que ha motivado un enfrentamiento sin precedentes entre facciones policiales.

El fiscal del caso, Alfonso San Román, ha advertido reiteradamente al juez de que puede estar poniendo la investigación en riesgo de nulidad, y la propia ex fiscal general, Consuelo Madrigal, pidió públicamente al instructor que haga caso al Ministerio Público. Arturo Zamarriego, sin embargo, tiene su propio criterio.

Diligencias secretas

El fiscal, en cambio, ha apoyado la insólita decisión de Zamarriego de prohibir a El Mundo la publicación de informaciones sobre el llamado 'Football Leaks' obtenidas por un consorcio de distintos medios. El juez ha intervenido en este asunto porque desde hace siete meses tramita unas diligencias secretas iniciadas por una primera denuncia del bufete Senn Ferrero -a la que que han seguido denuncias de otros despachos- sobre un supuesto hackeo informático de sus archivos y bases de datos.

Hace dos semanas, El Mundo dirigió a la citada firma de abogados unas preguntas elaboradas por Sunday Times y Der Spiegel sobre supuestas irregularidades fiscales de Cristiano Ronaldo y otros jugadores, dado que las legislaciones británica y alemana obligan a los medios a poner las investigaciones que quieren publicar en conocimiento de los afectados.

En esas preguntas se aludió al contenido de emails de Senn Ferrero, lo que llevó a la entidad a pedir a Zamarriego, como medida cautelar, la "paralización y/o prohibición" de publicar esas informaciones, que el bufete considera "confidenciales", a lo que el instructor ha accedido.

El bufete solicitó también que el rotativo ponga a disposición del Juzgado "el soporte material al que ha tenido acceso", pero la resolución judicial, dictada el 24 de noviembre, no incluye esta medida.

El juez explica que en las diligencias abiertas tras la denuncia de Senn Ferrero se investiga un posible delito del artículo 197 del Código Penal, que castiga con prisión de uno a cuatro años y multa a quien, sin consentimiento, se apodere de papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o intercepte sus comunicaciones.

"Se trata de un tipo delictivo que trata de amparar el derecho fundamental que tiene todo ciudadano a la privacidad de sus comunicaciones frente a actuaciones delictivas consistentes en la grabación ilegal o apoderamiento de conversaciones privadas".

Para Zamarriego, "amparar en este momento la posibilidad de que se puedan divulgar en los medios de comunicación unos datos de carácter personal de índole fiscal que se investiga si han podido ser interceptados o apropiados ilícitamente supondría amparar un presunto hecho delictivo".

"Como informa el Ministerio Fiscal", añade, "la divulgación de esos datos, además de suponer un ataque contra el derecho a la intimidad de los perjudicados, podría perjudicar el resultado de la investigación".

El juez, que no relaciona a El Mundo con el delito del artículo 197 ni le apercibe de desobediencia, establece una duración indeterminada de la prohibición de publicar, que, según establece la resolución, "durará el tiempo de la tramitación de las diligencias, hasta su finalización".