Óscar Puente

Óscar Puente

Valladolid

El PP denuncia a Puente ante la junta electoral por la visita a unas obras en la calle Benito Menni

El Ayuntamiento de Valladolid ha emitido un comunicado en el que anunciaba la cancelación de la convocatoria que iba a tener lugar a las 10.30 horas 

12 enero, 2022 10:11

El Partido Popular de Valladolid denunció en la noche de ayer martes al alcalde de Valladolid, Óscar Puente, ante la junta electoral de zona de Valladolid, por la visita que hoy tenía previsto realizar junto al concejal de Movilidad y Espacio Urbano, Luis Vélez, a las obras de reurbanización ejecutadas en la calle Benito Menni y paseo de Juan Carlos I. Los ‘populares’ entienden que este acto público vulnera la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

Esa visita finalmente no se realizó porque, según ha posidio saber EL ESPAÑOL- Noticias de Castilla y León, el alcalde suspendió su agenda debido a que había sido contacto estrecho con un positivo por COVID-19 y decidió auto confinarse.

En el escrito, el PP de Valladolid recuerda la normativa, que establece que “desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones”.

“Durante el mismo período queda prohibido realizar cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de éstos, cualquiera que sea la denominación utilizada, sin perjuicio de que dichas obras o servicios puedan entrar en funcionamiento en dicho periodo”, recalcan.

A su juicio, la visita prevista suponía "la infracción de lo establecido en el mencionado artículo 50 de la LOREG”, y señalan que de acuerdo con lo establecido en el artículo 153 de la ley, “toda infracción de las normas obligatorias establecidas que no constituya delito será sancionada por la Junta Electoral competente. La multa será de 300 a 3.000 euros si se trata de autoridades o funcionarios y de cien a mil si se realiza por particulares”.

Por todo ello, reclamaron a la junta electoral que impusiera a Puente la sanción de mil euros por “la comisión de una infracción prevista en el art. 50.3 de la LOREG”, al llevar a cabo la visita a las obras de reurbanización ejecutadas en la calle Benito Menni y paseo de Juan Carlos I.