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Región

La Junta regula las viviendas de uso turístico con fuertes multas

16 febrero, 2017 19:01

La Junta de Castilla y León regulará por primera vez las viviendas de uso turístico que se comercialicen por canales de oferta turística, fundamentalmente las agencias de viaje y las centrales de reserva, que se someterán a un régimen sancionador por incumplimiento de la norma de entre 9.000 y 90.000 euros.

Según contempla el decreto aprobado este jueves por el Consejo de Gobierno, el objetivo de esta norma es evitar las prácticas de intrusismo en el sector de los alojamientos turísticos y la competencia desleal con la oferta de alojamientos privados y controlar la comercialización en las páginas web, además de promover la calidad y la excelencia del turismo como estrategia de futuro de la Comunidad.

Entre los requisitos para ser considerada vivienda de uso turístico destaca la necesidad de ser una vivienda amueblada y equipada para la cesión temporal de su uso "de manera inmediata" y "en su totalidad" para su comercialización o promoción principalmente en canales de oferta turística y cesión realizada con finalidad lucrativa.

De este modo, se diferencia la vivienda de uso turístico del apartamento turístico ya que en este último caso las unidades de alojamiento han de estar integradas en un bloque o conjunto y, por tanto, se trataría de, al menos, dos unidades de alojamiento.

Para ser considerada vivienda de uso turístico se exige una habitualidad de uso de al menos un mes dentro de un año natural y se establece además que la estancia de una misma persona no puede superar los dos meses seguidos ya que no se consideraría esa estancia de uso turístico.

Así, cuando el propietario comercialice su vivienda por otros medios que no sean los canales de oferta turística o no lo haga de forma habitual podrá ser considerado un arrendamiento de temporada y seguir sometido a la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Según ha explicado la portavoz de la Junta, Milagros Marcos, en la nueva regulación, que entrará en vigor al día siguiente de la publicación del Decreto en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), se ha apostado por mantener el equilibrio entre la garantía de los derechos de los turistas, los intereses de los titulares de las viviendas de uso turístico y el resto del sector "dentro de la garantía de la unidad de mercado y sin que se impongan requisitos innecesarios que impidan o dificulten la libertad empresarial".

Además, la Consejería de Cultura y Turismo ha tenido en consideración la aparición de nuevas plataformas digitales e innovaciones tecnologías por su "efecto dinamizador" en el sector de alojamiento turístico, en especial en el caso concreto del alquiler de viviendas con uso turístico  ya que esas plataformas son el principal canal de oferta turística.

De acuerdo con las características de este tipo de establecimientos de alojamiento turísticos, ha explicado Marcos, la exigencia de requisitos técnicos es "básica" ya que se ha optado por no establecer categorías que sirvan de referencia para conocer la calidad de los establecimientos, "ya que el turista tiene la información necesaria a través de medios tecnológicos para conocer las características de las viviendas de uso turístico".

Adaptación europea

Marcos ha destacado también la "agilidad" y la "simplificación" de la norma que se adapta a la regulación de la Unión Europea relativa a los servicios en el mercado interior de modo que, para ejercer esta actividad, será suficiente con la presentación de una declaración responsable que acredite que la vivienda cumple la normativa aplicable "sin que se tenga que esperar a ninguna resolución administrativa turística, lo que implica el sometimiento a unos requisitos turísticos e inscripción en el Registro de Turismo".

Además, se obliga a hacer constar ese número de Registro en la comercialización que se haga en las plataformas digitales y en cualquier medio de publicidad que utilice su titular.

Según los datos aportados por la Junta, en estos momentos se podrían acoger a la nueva norma unas 280 unidades de viviendas que tendrán un plazo de seis meses para presentar la citada declaración responsable. En el caso de no hacerlo, se procederá a la cancelación de la inscripción como alojamiento turístico.

Desde la Consejería de Cultura y Turismo han explicado que esta previsión se debe a que alguno de los apartamentos encaja mejor en la figura de vivienda de uso turístico que en la de apartamento "ya que aquella sólo requiere una unidad de alojamiento y no dos como en el caso de los apartamentos".

En la elaboración del Decreto ha participado el Consejo Autonómico de Turismo de Castilla y León, se ha sometido tanto a informe de todas las consejerías como al trámite de Gobierno Abierto y se ha dado cauce de participación a todas las personas interesadas.

Además, ha sido informado por el Consejo Económico y Social y por el Consejo Consultivo de Castilla y León. También se han tenido en consideración los criterios consensuados con otras comunidades autónomas.