Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y vicepresidenta segunda.

Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y vicepresidenta segunda.

Vivir

Confirmado por el Estatuto de los Trabajadores: "El trabajador tiene derecho a 2 gratificaciones extraordinarias al año"

Así lo establece el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores, titulado "gratificaciones extraordinarias".

Te puede interesar: Lo dice el art. 38 del Estatuto de los Trabajadores: el empleado puede disfrutar de las vacaciones tras una baja

Publicada

Con el final y principio de cada mes, llega el momento más esperado por toda la clase trabajadora. El ingreso de la nómina.

Aunque esta alegría, en determinados momentos del año, puede llegar a ser doble. Así lo establece el artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores, la legislación laboral española a la que hay que acudir para responder dudas sobre cuestiones como los horarios, las vacaciones y también el sueldo.

Bajo el título "gratificaciones extraordinarias", este artículo reconoce el derecho del trabajador por cuenta ajena a percibir "dos gratificaciones extraordinarias al año". De hecho, también establece el momento exacto para cobrarlas: "una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores", recoge la norma.

¿Cuánto se cobra en las pagas extra?

Estas 'gratificaciones' a las que se refiere la norma, son las popularmente llamadas 'paga extra', cuya cuantía deberá fijarse en el convenio colectivo de cada sector, pero esta nunca podrá ser inferior a 30 días de salario base.

También se permite el 'prorrateo' de las pagas en 12 mensualidades en vez de las 14 que contempla el precepto, por lo que se cobraría un poco más a final de mes, a pesar de que la cantidad final será igual.

Asimismo, según explican desde USO (Unión Sindical Obrera), las pagas extra se considerarán complementos salariales, por lo que normalmente no incluirán los complementos de salario que sí se añaden en una nómina mensual 'normal'. Como norma general, complementos salariales (como la antigüedad, peligrosidad o turnos) y extrasalariales (dietas, plus de transporte) no irán incluidos.

¿Se pueden tener más de dos pagas extra?

Seguramente, hayas escuchado alguna vez que, en ciertos trabajos o sectores se cobran más de dos gratificaciones extraordinarias al año. Y no, no es ningún error de cálculo por parte de la empresa.

Las dos gratificaciones extraordinarias son el mínimo obligatorio exigido por la ley, pero este mínimo siempre es mejorable, pudiendo ver casos de 3, 4 o más pagas extra. Hay ciertos convenios colectivos, como el bancario por ejemplo, que contemplan más gratificaciones extraordinarias en meses distintos (en marzo o en octubre, generalmente).

Conocer estos derechos permite a los trabajadores entender mejor su nómina y planificar sus ingresos a lo largo del año para 'curarse en disgustos', como se dice popularmente, ante cualquier imprevisto.