Arcadi España, ministro de Hacienda

Arcadi España, ministro de Hacienda EFE

Economía

Ya ha entrado en vigor: deducciones de hasta 75 euros a los mayores de 70 que hagan la declaración de la Renta

Se trata de una deducción aplicable para los mayores aragoneses de 70 años que hagan declaración de la Renta este 2026.

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Con la campaña de la Renta en pleno funcionamiento, miles de hogares se preguntan qué deducciones cabría aplicar en su caso particular.

La normativa, en este sentido, es bastante clara. Cada contribuyente puede aplicar tantas deducciones, estatales o autonómicas, como le correspondan según su situación personal y profesional. No existe un límite máximo.

Entre estas hay muchas que pasan desapercibidas, pero no por ello son menos atractivas para el contribuyente, económicamente hablando.

En este sentido, destaca la deducción autonómica para mayores de 70 años en Aragón, un beneficio fiscal pensado para aliviar la carga tributaria de quienes, a pesar de su edad, continúan teniendo actividad económica o laboral.

Según establece el artículo 110-14 del Texto Refundido aprobado por el Decreto Legislativo 1/2005, la cuantía de esta deducción es de 75 euros por contribuyente.

Puede parecer una cantidad modesta, pero su valor va más allá de lo económico. Supone un reconocimiento a quienes siguen participando activamente en la economía.

Requisitos e importes

Como mencionamos anteriormente, sólo pueden acceder a ella contribuyentes que tengan 70 años o más durante el ejercicio fiscal correspondiente.

Sin embargo, este requisito por sí solo no es suficiente, ya que la normativa exige condiciones adicionales relacionadas con los ingresos obtenidos.

Para poder aplicar esta deducción, es necesario que el contribuyente tenga ingresos que formen parte de la base imponible general y que no provengan únicamente del capital.

Es decir, no es suficiente con ganar dinero solo por intereses bancarios, dividendos u otras inversiones.

Lo importante es que existan ingresos procedentes del trabajo o de actividades económicas. Por ejemplo, esto incluye las pensiones contributivas o los ingresos obtenidos por trabajar, ya sea como empleado o por cuenta propia.

Además, hay que tener en cuenta que algunas ganancias patrimoniales, sobre todo las que no provienen de la venta de bienes, se consideran rendimientos del capital. Algo que puede dificultar el acceso a la deducción si son la única fuente de ingresos del contribuyente.

Otro punto fundamental es el límite de renta. La suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro no debe superar los 23.000 euros en declaración individual ni los 35.000 euros en declaración conjunta.

Revisar estos importes, así como los requisitos patrimoniales anteriores, son indispensables para poder aplicar la deducción correctamente, evitando imprevistos.