La exconsellera de Sanidad Ana Barceló, quien anunció una querella contra la doctora.

La exconsellera de Sanidad Ana Barceló, quien anunció una querella contra la doctora. EFE

Salud

La Justicia avala a la doctora que denunció el colapso de la Sanidad valenciana y anula la sanción del Consell

La Generalitat la amonestó por decir en el programa 'La Sexta Noche' que la capilla del Hospital de Elche se usaba "como morgue".

30 septiembre, 2022 10:12
Alicante

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Valencia ha estimado el recurso interpuesto por la doctora María Ángeles Medina y ha anulado la sanción que la Conselleria de Sanidad le impuso por sus declaraciones en el programa 'La Sexta Noche' en plena tercera ola de la Covid-19.

En concreto, aseguró que la capilla del hospital Elche era "el retén de los féretros" y se estaba usando "como morgue". Sanidad aseguró que estas afirmaciones faltaban "a la verdad de manera intencionada" y creaban "una alarma social en un momento complicado", por lo que impuso una sanción a la médica. 

[Nueva condena contra la Generalitat Valenciana por desproteger a sus médicos: "Tenían las FFP2 bajo llave"]

Pues bien. El juez sentencia que no está probado que la doctora Medina realizara estas declaraciones "(…) en el ejercicio de las funciones propias del personal estatutario (…)", por lo que anula la resolución de la directora general de Recursos Humanos que el pasado 16 de febrero de 2022 al considerarla contraria a derecho.

La Conselleria de Sanidad la consideraba "autora de una falta grave del artículo 72.3 c) del estatuto marco (…)", y le prohibía ocupar puestos de jefatura por un periodo de tres meses.

En un comunicado, la doctora Medina ha mostrado su satisfacción por la sentencia y ha manifestado que "han sido meses muy duros hasta conseguir que se haya hecho justicia". "Los apoyos desde el principio de mis compañeros, de mi Colegio, de mi sindicato y de otras sociedades científicas ha sido emocionante. Eso me ha ayudado mucho en cierto complejo de señalada que todo este asunto me había ocasionado".

"Estoy especialmente agradecida a mi familia, a mi abogado, Guillermo Llago, a mi junta directiva de la Sociedad Valenciana de Medicina Familiar y Comunitaria y al Sindicato Médico CESM-CV por la confianza que me han demostrado", ha indicado.

Para Medina, aunque "se armó un gran revuelo mediático y sufrí mucho porque no quería perjudicar a nadie, creo en la libertad de expresión y en el diálogo", por lo que "no entendí las amenazas de presentar una querella criminal contra mí por parte de la entonces consellera, Ana Barceló, la cual nunca ha llegado, ni la utilización de un expediente disciplinario para coartar mi libertad de expresión".

"Afortunadamente con esta sentencia se restablece mi honorabilidad, ya terminó todo y sigo como siempre a disposición de Conselleria y con ilusión por conseguir una potente Atención Primaria en la Comunidad Valenciana", ha agregado.

Por denunciar de situación

Los hechos se remontan a enero de 2021 cuando la presidenta de la Sociedad Valenciana de Medicina de Familia y delegada del Sindicato Médico CESM-CV participó en el programa 'La Sexta Noche' con motivo de la grave situación asistencial que se padecía ante la tercera ola de contagios de Covid-19, "siendo la Comunidad Valenciana, como era de sobra conocido, una de las autonomías más afectadas".

La doctora Medina, en el programa de la Sexta, puso como ejemplo de la situación límite que se estaba viviendo en la sanidad valenciana el hecho puntual transmitido por compañeros y personal sanitario del Hospital General de Elche, la adecuación de la capilla como retén de pacientes fallecidos.

Un día después, desde la Conselleria de Sanidad, la consellera Ana Barceló "reaccionó de forma desproporcionada contra estas declaraciones anunciando que se interpondría una querella criminal contra la médico de la Conselleria", hecho que nunca llegó a materializarse.

Medina manifestó entonces que esas declaraciones no se habían hecho "con ningún ánimo injurioso, vejatorio, sino como, he reafirmado, descriptivo de una situación límite y para concienciar a la población".

La sentencia, contra la que cabe recurso, recoge que "(…) no se aprecia que las declaraciones fueran efectuadas en su condición de facultativa del sistema sanitario público (…)", es decir, que fueron manifestadas como opinión libre, y declarando el juez "(…) la nulidad de la resolución recurrida por no ser conforme a derecho (…)" condenando en costas a la Conselleria.