La sentencia de Alicante da la razón a una consumidora que iba a viajar de Londres, en la imagen, a Bangkok en 2020.

La sentencia de Alicante da la razón a una consumidora que iba a viajar de Londres, en la imagen, a Bangkok en 2020.

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Un juzgado de Alicante obliga a Thai Airways a reembolsar un billete no disfrutado por Covid

La resolución judicial condena a la aerolínea a pagar los 600 euros del vuelo y critica la "temeridad y mala fe" con que ha actuado con la pasajera.

30 agosto, 2022 16:23
Alicante

Poco más de seiscientos euros después de un año y medio de reclamaciones. Esa es la cantidad que ha conseguido una consumidora después de que el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante ha condenado a la aerolínea tailandesa Thai Airways por el reembolso del viaje que no se pudo realizar en abril de 2020 a causa del confinamiento domiciliario por la pandemia de la Covid-19.

La sentencia destaca la "mala fe" y conducta "temeraria" de la compañía aérea a la que obliga a pagar los intereses legales desde la reclamación extrajudicial (17 de febrero de 2021) y el reintegro de las costas procesales. "Todo ello con condena en costas a la mercantil Thai Airways, en quien se aprecia expresamente temeridad y mala fe". Así lo recoge reclamador.es que ha facilitado el texto y recoge Efe.

El fallo, contra el que no cabe recurso de apelación, estima íntegramente la demanda interpuesta por la mujer, a través de este portal. En ella se sostiene que no compensar sin causa justificada a los pasajeros es un "abuso" del sistema judicial y una conducta de "mala fe y temeraria".

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"No debemos olvidar el desequilibrio existente entre las partes, de forma que la compañía aérea tiene el deber legal de atender a las solicitudes de compensación o restitución que se realicen por los usuarios de transporte en el marco reglamentario definido en la presente resolución", dice la sentencia.

El magistrado-juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante enfatiza ese punto en su razonamiento. "No proceder a la compensación o restitución sin causa justificada provocando que el usuario deba acudir a la vía judicial para su reclamación sin ofrecer razones legítimas que legitimen la oposición al pago de la compensación o restitución debida constituye un abuso del sistema judicial".

De ahí que concluya que esta es "una conducta que no puede sino ser calificada de mala fe y temeraria, dado que la parte conoce la falta de argumentos defensivos reales y la más que probable condena". Expone también que "imponer trabas onerosas para el cumplimiento de los deberes legales es, igualmente, una conducta de mala fe".

Reembolsar los billetes

Con la victoria de su lado, Jorge Ramos, el abogado de este portal celebra lo conseguido. "Nos alegramos mucho por sentencias así porque entendemos que las aerolíneas tienen una posición más privilegiada que los pasajeros, que en muchas ocasiones están indefensos, y con resoluciones" como esta los usuarios "pueden ver protegidos sus derechos".

"Recordamos que las aerolíneas tienen el deber de reembolsar los billetes no usados durante la pandemia por el confinamiento a todo pasajero que así lo solicite", ha dicho Ramos.

Según un comunicado del reclamador.es, "más de dos años después desde el confinamiento domiciliario que duró meses y que hizo perder muchos vuelos a pasajeros que tenían previsto viajar en ese plazo de tiempo, siguen llegando sentencias condenatorias contra las aerolíneas que se niegan a reembolsar los billetes que no han podido ser disfrutados".

Pese a la solicitud de reembolso primero por parte de la pasajera, y más tarde a través de Ramos tras contratar sus servicios en el portal, "la aerolínea Thai Airways en ningún momento quiso llegar a un acuerdo ni proceder a la devolución del importe del billete, estando obligada por la ley", según la nota de prensa de reclamador.es.

"Por lo tanto, cuando la aerolínea no quiere iniciar la vía amistosa, hay que acudir a la vía judicial, lo que en este caso, además, ha llevado consigo el reproche del juez de lo Mercantil de Alicante hacia la aerolínea tailandesa. El juez no solo castiga a la compañía aérea a abonar el dinero solicitado, sino que también la condena en costas con temeridad y mala fe, por haber negado los hechos de la pasajera sin justificación alguna", concluye el comunicado.