Ignacio Gally y Carlos Baño, en la firma del convenio este jueves.

Ignacio Gally y Carlos Baño, en la firma del convenio este jueves.

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La Corte de Arbitraje, la apuesta de Alicante para resolver más rápido los litigios

La Cámara y el Icali promueven este sistema con el que solucionar antes y de forma más barata los conflictos.

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Alicante
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La Corte de Arbitraje y la mediación mercantil son dos de las áreas en las que apuestan la Cámara de Alicante y el Ilustre Colegio de la Abogacía de Alicante (Icali) para resolver antes y de forma más barata litigios.

Esta es una de las líneas prioritarias que destacan ambas entidades después de firmar este jueves un acuerdo de colaboración. A este objetivo añaden el fomentar actividades formativas y de difusión de servicios e iniciativas.

El presidente de la Cámara, Carlos Baño, recuerda que la intención de su equipo es "ser una herramienta útil para todos los sectores productivos y ciudadanos de la provincia de Alicante". Y para ello, "hemos apostado fuerte por la formación en todos sus ámbitos y es lo que hemos querido recoger con la firma de este convenio."

El acuerdo que han firmado ambas partes tendrá una vigencia de dos años que se podrá prorrogar por periodos idénticos. En él estipulan que se realizará una jornada anual formativa de forma conjunta sobre materias como derecho fiscal o laboral. 

Ignacio Gally, decano del Icali, señala que "nuestro trabajo como profesionales de la abogacía está directamente vinculado al tejido productivo de la provincia de Alicante, por lo que esta colaboración es, además de necesaria, decisiva para nuestro ejercicio".

Ejemplo de esa colaboración previa entre ambas entidades es la Corte de Arbitraje de Alicante, que tiene su sede en la Cámara de Comercio, y también la mediación mercantil, procedimientos enmarcados en los llamados Métodos Adecuados de Solución de Controversias.

Estos, como detallan a través de un comunicado, serán requisitos de procedibilidad a la hora de iniciar una demanda con la entrada en vigor de la Ley 1/2025 de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

La Corte de Arbitraje la crearon en 1990 la Cámara y el Icali como alternativa para resolver litigios de manera extrajudicial y voluntaria. ¿Cómo funciona? Un árbitro o colegio arbitral asume la resolución de una controversia o reclamación. Su resolución tiene la misma eficacia y valor que una sentencia dictada por los tribunales.

La Cámara destaca que entre las ventajas están la rapidez, confidencialidad y coste. La celeridad porque el plazo máximo para dictar la resolución, denominada laudo en arbitraje es de seis meses.

La confidencialidad se centra en que las sentencias dictadas por la jurisdicción ordinaria pueden ser públicas mientras que el laudo es privado. Este procedimiento es más económico porque el arbitraje elimina costos que se dan en otras instancias.

A estas ventajas añaden la de especialización porque el árbitro escogido es un especialista en la cuestión objeto del litigio planteado y tiene una mayor flexibilidad que el procedimiento formal.