Mazo en imagen de archivo.

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Benidorm

El TSJ rebaja una multa a Benidorm por irregularidades en pandemia de 700.000 a 77.000 euros

El Tribunal Superior de Justicia acepta una reclamación del consistorio tras la petición de la ORA, concesionaria de estacionamiento regulado.

26 marzo, 2024 18:50
Alicante

El Ayuntamiento de Benidorm puede respirar tranquilo tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) tras darle la razón y determinar que compensación que tiene que abonar a la empresa concesionaria de la ORA, del servicio de estacionamiento regulado, es mucho más baja de lo pedido. La Administración local tendrá que pagar por su incumplimiento de contrato durante la pandemia cerca de 77.000 euros, en lugar de los 794.888 que reclamaba al principio la empresa.

La resolución obliga al consistorio a hacer una modificación en su presupuesto para incluir la cantidad a pagar. Como ha recordado el ayuntamiento en un comunicado, la UTE concesionaria del servicio de estacionamiento regulado reclamaba al Ayuntamiento 794.888,12 euros como consecuencia del desequilibrio económico causado por los efectos de la pandemia y se amparaba en el Real Decreto 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del Covid-19.

En un primer momento, la justicia condenó inicialmente al Ayuntamiento a pagar a la empresa de la ORA 459.198 euros más los intereses legales correspondientes en concepto de reequilibrio económico del contrato por el período comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y el 9 de mayo de 2021.

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Sin embargo, "el juzgado redujo la indemnización solicitada por la empresa al tener en cuenta el ahorro obtenido por la mercantil por conceptos como gastos de personal, cierre de oficina o menor consumo de combustible", han señalado.

Una nueva apelación al TSJ ha rebajado el castigo al considerar que "no se suspendió ni devino imposible su ejecución, sino que se ejecutó con menor intensidad". Además, señala "un error en la valoración de las pruebas" por parte del contencioso administrativo al no haber tenido en cuenta los informes de seis técnicos municipales que cuantificaron el ahorro de la UTE concesionaria en 711.470 euros.

Así las cosas, la sentencia precisa que "no hay duda de que una parte básica del contrato no se pudo poner en práctica durante los primeros meses de restricción de la movilidad poblacional, pero no fue así durante todo el período reclamado". En ese sentido, el alcalde, Toni Perez, ha precisado que "la sentencia indica que el ámbito temporal que debería ser reclamado por la UTE es el comprendido entre el 14 de marzo y el 21 de junio".

El Ayuntamiento no volverá a recurrir al considerar que "el fallo es favorable a los intereses municipales habida cuenta de que la cantidad a pagar es sensiblemente inferior a la inicialmente reclamada por el demandante", ha señalado Toni Pérez.