La Audiencia de Alicante.

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Alicante

Condenado a 3 años de prisión por agredir sexualmente y acosar a una menor de 15 años

El hombre seguía a la joven por la calle y llegó a tocarle los pechos, lo que ocasionó que la víctima no saliera de casa sin compañía.

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Un hombre ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a tres años de cárcel por agredir sexualmente a una menor, de 15 años, a la que perseguía en plena calle para sugerirle mantener relaciones sexuales y a la que llegó a tocarle el glúteo y los pechos, informa EFE.

La sentencia detalla que ese comportamiento empezó, al menos, desde julio de 2024, en varias de las ocasiones en las que la menor salía a la calle desde su domicilio, en Alicante.

Esta situación causó temor a la perjudicada, lo que provocó que no quisiera salir de su vivienda sin estar acompañada de su madre, de cualquier otro familiar o de amigas.

El tribunal cree también probado que, en una fecha no precisada del mes de septiembre de ese mismo año, el procesado le tocó el glúteo y que, dos semanas más tarde, le tocó los pechos.

Finalmente, el 10 de octubre del año pasado, la Policía procedió a su arresto, después de que se produjese un enfrentamiento con el padre de la menor, quien le recriminó que hubiese vuelto a perseguir a su hija momentos antes y que ella se viese obligada a regresar corriendo hasta su casa.

La Audiencia Provincial considera los hechos probados a partir del testimonio de la víctima, de su padre y de los testigos que presenciaron el comportamiento del acusado, así como de uno de los policías que intervinieron en su detención.

Por su parte, el acusado se acogió a su derecho a no declarar durante la celebración del juicio, el pasado 1 de octubre.

El tribunal le considera responsable de un primer delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años, por el que le impone tres años de prisión, además de la medida de alejamiento a una distancia mínima de 500 metros respecto a la perjudicada por un tiempo de seis años, así como otros seis años más de libertad vigilada.

Todo después de aplicar la eximente incompleta de anomalía o alteración psíquica, a la vista del informe pericial aportado a la causa en el que se concluye que el encausado padece esquizofrenia y discapacidad intelectual.

Y que, además, en el momento de los hechos, pudo sufrir psicosis como consecuencia de una posible intoxicación por consumo de cannabis, "teniendo mermado su juicio de realidad y su esfera volitiva", señala.

La Audiencia de Alicante le condena asimismo por un delito de acoso, por el que impone la pena de cuatro meses de multa, a razón de tres euros diarios. A ello añade otros tres años de medida de alejamiento.

Además, establece que deberá indemnizar a la perjudicada en la cantidad de 6.000 euros por los daños morales ocasionados.

El fallo es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.