El presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, en Les Corts. Rober Solsona / EP
La Audiencia de Valencia complica los planes de Mazón al ordenar recabar "datos" por si cabe abrirle "una causa penal"
Los magistrados invitan a la jueza a buscar indicios sobre el presidente de la Generalitat para preparar de manera sólida una exposición razonada.
Más información: La Audiencia de Valencia ordena investigar la actuación de Mazón desde El Ventorro aunque no esté imputado
La Audiencia de Valencia se pronunció este jueves por primera vez sobre una posible imputación de Carlos Mazón. Invitó a la jueza instructora de la dana a recabar "datos" por si cabe abrirle "una causa penal".
El pronunciamiento judicial ha generado múltiples interpretaciones y ha provocado nerviosismo dentro del PP porque complica los planes del presidente de la Generalitat.
Todo parte de la resolución en la que seis magistrados ordenan a la jueza de la dana que cite a declarar como testigo a Maribel Vilaplana, la periodista que comió con Mazón el 29 de octubre en El Ventorro. Lo hará el próximo 3 de noviembre.
El auto es trascendental por varios motivos. Uno es que la Audiencia, hasta la fecha, ha ratificado todas las decisiones de la jueza sobre las que se ha pronunciado. Lo cual ha supuesto un aval a cómo está llevando una instrucción en la que está centrando la presunta negligencia por los 229 fallecimientos de la dana únicamente en la Generalitat.
Es la primera vez que 'corrige' o 'redirige' a la magistrada. Y no es para revocar un exceso relacionado con los dos investigados (la exconsellera Salomé Pradas y el que fuera su número dos, Emilio Argüeso) o ampliar las responsabilidades; sino para recriminarle su prudencia al haber rechazado citar como testigo a Vilaplana.
La jueza basó la denegación de la diligencia de Vilaplana en que aceptarla supondría investigar, realmente, la actuación del propio presidente de la Generalitat pese a estar aforado y, por lo tanto, sin que pueda existir todavía una imputación formal sobre él.
Sin embargo, la Audiencia sí cree que esto se pueda hacer pese a que no esté imputado. Es más, considera, de acuerdo con su escrito, que la jueza debe recabar los datos "por si cabe abrirle una causa penal". Algo que solo podría hacer el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
Con ello, va un paso más allá que la magistrada. Las diligencias, razona la Audiencia, "no podrán ir dirigidas directamente a investigar la conducta del presidente de la Generalitat, pero no deberán dejar de practicarse por el hecho de que pudieran aportar datos que dotaran de solidez a la imputación contra el aforado".
"Si así sucediera", prosigue, "sería el momento en el que pudiera proceder elevar al órgano competente -la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana- la exposición motivada correspondiente para que analizara si concurren o no los indicios reforzados o cualificados exigidos por la jurisprudencia para que quepa abrir una causa penal".
"Analizar o investigar lo hecho -por acción u omisión impropia- por el presidente de la Generalitat la tarde del 29 de octubre de 2024, en el espacio del procedimiento penal, exigiría que existieran indicios de que tuvo alguna participación eficiente en la toma de decisiones -o en la omisión de las mismas- en el seno del Cecopi por quien detentaba el mando único", señalan los magistrados en relación a la exconsellera Pradas.
Carlos Mazón, junto a tres de sus consellers este jueves. Rober Solsona / EP
Y, en particular, afirma la Audiencia, "en aquellas cuya adopción u omisión pudieran vincularse causalmente, en los términos exigidos por la imprudencia penal, con la causación de las muertes y las lesiones investigadas".
De existir tales indicios, insiste, procedería,"exposición razonada mediante", instar al TSJCV la apertura de un procedimiento penal para investigar al aforado. "Solo así la investigación podría dirigirse a concretar las características de lo hecho -u omitido- por el presidente de la Generalitat", añade.
La información que tenía Mazón
De momento, indican los magistrados, resulta necesario "avanzar en la investigación, practicando todas aquellas diligencias útiles y necesarias para completarla". Solo en el caso, comentan, "de que la juez de instrucción detectara la concurrencia de indicios reforzados, fundados, de criminalidad contra el presidente de la Generalitat y, elevada la exposición razonada, el TSJCV compartiera la valoración de esta", cabría investigar a Mazón.
De esta manera, la Audiencia entiende que ha de citarse a declarar como testigo a Maribel Vilaplana. "Son diligencias pertinentes aquellas que permiten esclarecer el proceso de deliberación y decisión que se siguió en la reunión del Cecopi de la tarde del 29 de octubre de 2024", dice.
También los son, apunta, "las destinadas a averiguar la información de que disponía cada uno de los integrantes de la reunión o cuál era la exigible, en función de las obligaciones fijadas normativamente, que manejaran".
Y agrega "las destinadas a averiguar la incidencia que pudiera haber tenido la omisión de traslado de la información en la toma de decisiones erróneas o en la omisión de las decisiones debidas y que pudieran haber evitado que se produjeran los terribles daños personales investigados".
"Creemos que, a priori, no cabría descartar que la testigo escuchara, bien lo que el presidente de la Generalitat dijera al comunicarse telefónicamente con la entonces consellera (Salomé Pradas), bien comentarios que el presidente pudiera hacer a raíz de dichas conversaciones", valoran los magistrados.
Así, consideran que Vilaplana podría haber escuchado "conversaciones o comentarios que pudieran aportar alguna luz sobre cómo iba avanzando la reunión del Cecopi, qué información manejaban los que en ella participaban y por qué se actuó del modo en que se hizo".
Su condición de "máxima autoridad"
Todo ello "por estar en compañía de quien, al parecer, contactó en varias ocasiones con la consellera de Interior y que, por su condición de máxima autoridad de la Generalitat Valenciana y presidente del Consell, tiene atribuidas funciones directivas y de coordinación y puede impartir instrucciones a los miembros del Consell".
"Descartar la posibilidad de que la señora Vilaplana, en sede judicial, con las exigencias y características propias de una diligencia procesal, pudiera ofrecer elementos de interés a los que no hizo referencia en la carta que publicó, se revela precipitado", resumen.
"Su testimonio, por lo demás, podría ofrecer información que solo ella, el presidente de la Generalitat y sus interlocutores, podrían conocer. En tales circunstancias, la diligencia en cuestión se revela aparentemente pertinente y apta, a priori, para poder aportar información relevante sobre el proceso seguido la tarde del 29 de octubre en la toma de decisiones, el cual es objeto de la investigación penal en curso", argumentan.
Nueva fase judicial
Todos estos argumentos se interpretan como una invitación a la jueza a que busque indicios sobre Mazón y a que eleve una exposición razonada al TSJCV cuando recabe todos los necesarios. Algo que sitúa el procedimiento de la dana en una nueva fase para el presidente de la Generalitat. Y poco favorable.
Hasta la fecha, había tenido varios asuntos a su favor a nivel judicial. El primero fue su decisión de comunicar oficialmente -y con pruebas- que llegó al Cecopi a las 20:28, con la alerta de las 20:11 ya enviada. Un hecho que le suponía asumir un desgaste político elevado, pero una liberación judicial.
El segundo fueron las declaraciones de Salomé Pradas y Emilio Argüeso en el juzgado. Ninguno de los dos apuntó a Mazón. Descargaron la responsabilidad en los técnicos.
El presidente de la Generalitat ganaba algo de tranquilidad entonces. Pero el pronunciamiento de la Audiencia complica sus planes y estrategias políticas, que parecen dirigidas no solo a resistir, sino a tratar de presentarse como candidato a las próximas elecciones pese a lo complicado que resulta.
El 3 de noviembre será un día con importante atención mediática. Pero podría ocurrir que Vilaplana no aportara grandes novedades pese a la expectación elevada.
El 5 de noviembre, solo dos días después, Mazón tiene previsto hacer su remodelación de Gobierno. Una importante decisión con la que quería marcar el paso del Ejecutivo y reforzarlo de cara al último tramo de legislatura.
La jueza decidirá
Pero cada plan se ve opacado por la causa de la dana. Y es probable que así continúe de manera constante. De hecho, la gran incógnita ahora son los plazos de la instrucción. Hay quien interpreta que lo ordenado por la Audiencia supone trazarle el camino a la jueza para que acelere la exposición razonada.
Sin embargo, la Audiencia no puede ordenárselo a la magistrada y esta tiene capacidad de marcar sus propios tiempos. Una petición de imputación con una instrucción a medias resulta peligrosa porque el TSJCV podría devolverla hasta que finalizara -algo que ha ocurrido en otras ocasiones con aforados-.
Los indicios, por tanto, deberían estar muy claros y fundamentados, y eso conlleva tiempo en un procedimiento complicado. En el cual, además, quedan declaraciones de familiares de víctimas y testificales extremadamente importantes que no tienen fecha todavía, como son las del subdirector general de Emergencias, Jorge Suárez, y el que fuera responsable del Consorcio de Bomberos, José Miguel Basset.