El alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome, a su llegada al juzgado de instrucción número dos de Ourense.

El alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome, a su llegada al juzgado de instrucción número dos de Ourense. Rosa Veiga - Europa Press

Provincia de Ourense

Rechazan investigar al alcalde de Ourense por delitos de revelación de secretos y contra la integridad moral

La causa contra Gonzalo Pérez Jácome continuará exclusivamente por injurias por acceder al registro personal de control horario y publicar en redes sociales un comentario despectivo y una imagen del querellante

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La Audiencia Provincial de Ourense no investigará al alcalde de Ourense, Gonzalo Pérez Jácome, por un delito de revelación de secretos y por otro contra la integridad moral, tal y como había solicitado un trabajador municipal.

Así, la causa continuará exclusivamente por un delito de injurias, por acceder sin su consentimiento al registro personal de control horario y publicar después en redes sociales un comentario relativo al querellante, al que calificó como "personaje", en el que indicaba que "no había entrado en dicho programa ni una sola vez".

Según el auto, la publicación la realizó con una fotografía del querellante, que "entiende que constituye un acto ilícito que atenta contra el derecho a la propia imagen y que se llevó a cabo con la intención de menoscabar su fama, todo ello como represalia por haber criticado la implantación de un nuevo sistema de control horario en el Ayuntamiento".

Esa publicación, según consta en el auto, la realizó con una fotografía del querellante, quien "entiende que constituye un acto ilícito que atenta contra el derecho a la propia imagen y que se llevó a cabo con la intención de menoscabar su fama, todo ello como represalia por haber criticado la implantación de un nuevo sistema de control horario en el Ayuntamiento".

El tribunal, por tanto, ha desestimado el recurso de apelación y ha confirmado el auto dictado el 30 de mayo de 2024 por el Juzgado de Instrucción número 2 de Ourense.

Según el apelante, el alcalde de Ourense "accedió al control horario no para comprobar si había cumplido su horario laboral, sino con el claro ánimo de revelar y hacer público lo allí contenido". "Atendiendo a las consideraciones expuestas, y consistiendo la conducta imputada al querellado en la publicación en redes sociales de una fotografía del querellante, obtenida de su perfil de Facebook, en el marco del cuestionado control horario a los funcionarios del Ayuntamiento, carece aquella de la gravedad al atentado contra la integridad moral pretendido", destaca la Audiencia Provincial de Ourense en la resolución.

En dicha resolución, la Audiencia recalca que tampoco resulta debidamente justificada la inadmisión a trámite de la querella por los delitos de revelación de secretos y contra la integridad moral. El auto es firme, pues no cabe presentar recurso.