Un usuario con su carnet de conducir.

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Reportajes

La DGT te puede quitar el carnet de conducir si tienes alguna de estas enfermedades: la lista

Para renovar el permiso, Tráfico exige presentar siempre al conductor un informe médico favorable. 

16 abril, 2021 17:59

Si padeces alguna enfermedad, debes saber que la Dirección General de Tráfico (DGT) podría no renovarte el carnet de conducir la próxima vez que te toque hacerlo, si no tienes un informe favorable del médico especialista que trate tu dolencia. Sin él, no superarás el reconocimiento de conductores y por tanto, no podrás volver a conducir. Estas son las enfermedades, divididas en ocho grupos distintos por su tipología, por las que la DGT te exige dicho documento para superar el examen médico previo a la renovación: 

Enfermedades cardíacas

La Direccion General te exigirá informes favorables para prorrogar tu permiso de conducción si has sufrido una arritmia cardiaca, te has sometido a una intervención para la colocación de un marcapasos, un desfibrilador automático o una prótesis cardiáca. En este último caso, por ejemplo, tendrán que pasar tres meses después de la operación para renovar el carné de conducir. Y dicha renovación deberá revisarse cada dos o tres meses, desde que tenga efecto, según pública en un artículo La Vanguardia.  

Enfermedades vasculares

También ocurrirá lo mismo si has sufrido una aneurisma de grandes vasos. Con un informe favorable del médico, podrás renovar tu permiso entre 1 y 10 años. Pero si el cirujano advierte de que hay riesgo de rotura de vasos, no podrás volver a conducir. 

Enfermedades endocrinas

Si padeces Diabetes Mellitus insulinodependiente o tomas medicamentos hipoglicemiantes, también necesitarás un informe de tu médico. Si es favorable, la DGT te dará entre 1 y 5 años de plazo para renovar el carnet. En el caso de tener Hipotiroidismo y Paratiroides, si tienes un documento favorable, te darán el apto y podrías no tener que renovarlo hasta dentro de 10 años. 

Enfermedades psiquiátricas

Respecto a las enfermedades psiquiátricas, la validez del permiso variará de más a menos años, dependiendo del tipo y del riesgo que suponga para la seguridad vial. En este grupo también se encuentran aquellos que sufren demencia o trastornos cognitivos o amnésicos.

Enfermedades neurológicas

Si has tenido un accidente isquémico transitorio, necesitarás estar al menos seis meses sin tener ningun síntoma para que la DGT te renueve el carnet durante un año. En el caso de padecer epilepsia, podrás volver a conductir si solo has tenido una crisis de este tipo en tu vida, no has vuelto a tenerla en seis meses y el médico así lo corrobora en un informe. Si por el contrario, las crisis son más repetidas, pero hace un año que no las pacedes, Tráfico podrá renovarte el permiso de conducir un año o dos más. 

En cambio, si has tenido una crisis o pérdida de conciencia en el último año, la Dirección General no renoverá tu carnet. 

Enfermedades digestivas

Si padeces una nefropatía diábetica y recibes un tratamiento de diálisis, necesitarás un informe favorable del médico para renovar el carnet. Ocurrirá lo mismo si te has sometido a un trasplante renal. Los receptores solo podrán renovar el carnet de conducir con un informe favorable del nefrólogo, y si han transcurrido más de seis mes del trasplante y no han habido problemas posteriores.

Enfermedades respiratorias

Apnea del sueño: con informe favorable se podrá obtener o prorrogar el permiso o licencia por un período de vigencia máximo de 3 años. Sin informe favorable, no apto.

Disneas permanentes en reposo o de esfuerzo leve: no podrás renovar tu carnet. 

Enfermedades oncológicas

En cuando a las dolencias oncológicas, si el informe del especialista es favorable,  se podrá obtener o prorrogar el permiso o licencia con un período de vigencia de 1 año. En los casos sin evidencia de enfermedad actual y que no estén recibiendo tratamiento activo, el período de vigencia será como máximo de cinco años.

Por otro lado, las personas que sufran trastornos oncohematológicos, por norma general, no podrán renovar el permiso de conducción hasta transcurridos 10 años desde la remisión completa de la enfermedad.