Un agente de la Guardia Civil en una imagen de archivo.

Un agente de la Guardia Civil en una imagen de archivo. GC

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A Coruña

Investigan a un conductor de A Coruña por circular a 185 km/h con una furgoneta por la AP-9

Reglamento General de Circulación establece que los vehículos de carga como las furgonetas tienen limitada su velocidad a 90 km/h en las autopistas

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Efectivos del Sector de Tráfico de la Guardia Civil de Galicia, a través del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT), han procedido a la investigación de un conductor tras ser detectado circulando a una velocidad de 185 km/h en la autopista AP-9, a su paso por la provincia de A Coruña.

La infracción fue captada durante la madrugada del pasado 21 de noviembre de 2025. Agentes del Destacamento de Tráfico de A Coruña, que se encontraban realizando un control de velocidad mediante radar láser, detectaron una furgoneta que circulaba a una velocidad que duplicaba el límite legal establecido para este tipo de vehículos, fijado en 90 km/h en autopistas y autovías.

Debido a las condiciones meteorológicas adversas y a la escasa visibilidad en el momento del avistamiento, los agentes priorizaron la seguridad vial y optaron por no iniciar una persecución a alta velocidad, derivando las actuaciones posteriores al Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT).

Tras una exhaustiva labor de investigación, los agentes del GIAT lograron la plena identificación del conductor, un varón residente en A Coruña. Se le han instruido diligencias en calidad de investigado como presunto autor de un delito contra la seguridad vial.

El Reglamento General de Circulación establece que, mientras turismos y motocicletas pueden alcanzar los 120 km/h en vías de alta capacidad, los vehículos de carga como las furgonetas tienen limitada su velocidad a 90 km/h en este tipo de vías y a 80 km/h en carreteras convencionales.

De acuerdo con el artículo 379 del Código Penal, superar en más de 80 km/h el límite de velocidad permitido en vías interurbanas puede acarrear penas de prisión de 3 a 6 meses, multas de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad (de 31 a 90 días), así como la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un período de entre 1 y 4 años.