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A Coruña tiene nueva normativa de movilidad sostenible: estas son las novedades y las multas

El Concello introduce un marco legal único para todos los modos de transporte y refuerza el control con multas que llegan hasta los 500 euros

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El Concello de A Coruña viene de dar luz verde a una nueva ordenanza de movilidad sostenible que unifica toda la regulación del tráfico urbano bajo un solo texto normativo. El objetivo es fomentar una movilidad más segura, ordenada y respetuosa con el medio ambiente.

El texto pasará ahora a exposición pública durante un mes, y su entrada en vigor se producirá 15 días después de su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia.

En la ordenanza se introducen cambios sustanciales en la regulación del estacionamiento, las condiciones para circular con bicicletas o patinetes eléctricos y las restricciones ambientales para los vehículos a motor.

Principales novedades

Zona ORA

La normativa permite ampliar los horarios regulados de estacionamiento (ORA), incluyendo franjas nocturnas o de fin de semana, en zonas con especial dificultad de acceso residencial. Las personas con tarjeta PMR podrán estacionar una hora diaria de forma gratuita en zonas de aparcamiento general, y las motocicletas solo podrán hacerlo en plazas habilitadas expresamente para ello.

Regulación más precisa para bicicletas

Las bicicletas, incluidas las de pedaleo asistido, no podrán superar los 25 km/h (20 km/h en los carriles bici). El uso del casco será obligatorio para menores de 16 años y recomendado para el resto. Se prohíbe circular por las aceras, salvo menores de 12 años acompañados, y siempre a velocidad de peatón. Además, deberán llevar luces y elementos reflectantes para garantizar su visibilidad.

Patinetes eléctricos: casco obligatorio

La nueva ordenanza fija en 16 años la edad mínima para conducir un vehículo de movilidad personal (VMP) y exige el uso obligatorio de casco, luces, reflectantes y prendas visibles (cuando haya baja visibilidad). Se prohíbe transportar pasajeros, utilizar auriculares o el teléfono móvil durante la conducción, así como circular bajo los efectos del alcohol u otras sustancias.

Los patinetes solo podrán circular por carriles bici (máximo 20 km/h) y calzadas urbanas (hasta 25 km/h). Se prohíbe su uso en aceras, zonas peatonales, parques o jardines. El Ayuntamiento podrá crear un registro municipal de VMP y limitar su número si lo considera necesario por seguridad o protección del entorno peatonal.

Transporte público urbano e interurbano

En lo que respecta al transporte urbano e interurbano, la nueva ordenanza no introduce modificaciones significativas y mantiene la normativa ya existente.

Restricciones al tráfico rodado

Tampoco hay grandes novedades en el tráfico rodado. Como norma general, no se permitirá la circulación de vehículos en zonas peatonales, salvo autorización expresa. Se contemplan excepciones para residentes con garaje, servicios municipales, transporte de personas con movilidad reducida, reparto de mercancías, transporte público o acceso a hoteles para recogida de pasajeros.

Además, se establecen nuevas restricciones medioambientales. Se prohíbe la emisión de ruidos, gases o líquidos que excedan los límites legales, así como mantener el motor encendido mientras el vehículo está parado o estacionado, salvo en vehículos eléctricos o de servicios esenciales. También queda prohibido lavar o reparar vehículos en la vía pública.

Sanciones

La nueva ordenanza también incorpora un régimen sancionador unificado que tipifica por primera vez las infracciones en materia de movilidad en A Coruña, con el objetivo de reforzar la seguridad vial y garantizar el cumplimiento de las normas. Las sanciones se clasifican en leves, graves y muy graves, y pueden alcanzar hasta 500 euros en los casos más severos.

De esta manera, los usuarios de bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP) deberán prestar especial atención: circular sin casco siendo menor de 16 años, sin luces o reflectantes, hacerlo por zonas peatonales o superar los límites de velocidad podrá conllevar multas que van de los 100 a los 500 euros.

También se penaliza el mal uso de patines y monopatines no motorizados, el acceso indebido a zonas de bajas emisiones o de tráfico restringido, y las maniobras peligrosas con ciclomotores o motocicletas, como circular con una sola rueda o realizar derrapes. Los vehículos estacionados con el motor encendido también se enfrentan a sanciones, salvo excepciones.

En lo referente a la zona ORA, los excesos de tiempo podrán corregirse si el conductor abona 8 euros dentro de la hora posterior a la denuncia. Además, estacionar fuera de las plazas habilitadas, especialmente en el caso de motocicletas, o hacer un uso indebido de las tarjetas PMR también está tipificado como infracción.

Tipos de infracción y cuantías:

  • Infracción leve: hasta 100 euros. Incluye no llevar casco (menores), circular sin timbre o sin luces, o incumplimientos menores en la ORA.

  • Infracción grave: hasta 200 euros. Aplicable a circular por zonas prohibidas con VMP, usar auriculares o móvil durante la conducción, o acceso indebido a zonas restringidas.

  • Infracción muy grave: hasta 500 euros. Para conductas como circular con una sola rueda, hacerlo bajo efectos de alcohol o drogas, o provocar riesgo a terceros.