Inmigrantes hacen cola ante la puerta del consultado de Pakistán en Barcelona.

Inmigrantes hacen cola ante la puerta del consultado de Pakistán en Barcelona. EFE

Tribunas

Una regularización a ciegas, un negocio para las mafias

Lo que el Gobierno presenta como un acto de humanidad es, en la práctica, un negocio redondo para las mafias.

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El pasado 27 de enero, el Consejo de ministros decidió tramitar de urgencia una regularización masiva de extranjeros. Sin pasar por el Congreso. Sin consulta pública previa. Sin que nadie sepa, a ciencia cierta, a cuántas personas afecta.

El Gobierno dice 500.000. Funcas estima 840.000. Fuentes policiales hablan de 1.250.000, y eso sin contar reagrupaciones familiares. Un despropósito.

Lo primero que llama la atención es la urgencia.

El artículo 27 de la Ley del Gobierno exige circunstancias extraordinarias sobrevenidas para justificar un real decreto de estas características, pero la iniciativa legislativa popular que inspira esta medida fue tomada en consideración en abril de 2024, hace casi dos años.

La urgencia, por tanto, no obedece a ningún hecho imprevisible, sino a un calendario político. Y tiene un objetivo muy concreto: esquivar el debate parlamentario.

Sólo esto bastaría para considerar esta regularización ilegítima.

Un grupo de inmigrantes son trasladados desde el CETI de Ceuta, el pasado 11 de febrero.

Un grupo de inmigrantes son trasladados desde el CETI de Ceuta, el pasado 11 de febrero. Europa Press

Pero es que el contenido es aún peor que la forma.

Resulta que el borrador articula dos vías de acceso.

1. La primera permite a solicitantes de protección internacional obtener arraigo sin requisito de permanencia.

El problema es que el artículo 126 del Reglamento de Extranjería aprobado hace apenas un año excluye expresamente ese período del cómputo y exige no ser solicitante de protección internacional para acceder al arraigo.

El Tribunal Supremo, en su sentencia 414/2024, fue tajante: la estancia del solicitante de asilo es mera tolerancia, no título habilitante para la residencia.

Y el Reglamento UE 2024/1348 lo confirma: el derecho de permanencia mientras se tramita la solicitud no constituye derecho a un permiso de residencia.

Es decir, que el borrador revierte, por vía reglamentaria, una doctrina consolidada y una norma europea recién traspuesta.

2. La segunda vía exige cinco meses de estancia sin delimitar qué documentos son válidos (ni siquiera hace falta empadronamiento) y sin exigir que sean nominativos: suponemos que vale con un recibo del Burger King.

Es evidente que un marco tan laxo, tan indeterminado, invita al fraude documental.

Luego está la cuestión del dinero, que el Gobierno resuelve diciendo que la medida no tiene coste para otras administraciones.

Cientos de miles de personas van a empadronarse, escolarizar a sus hijos, acudir a centros de salud, inscribirse en servicios de empleo y solicitar prestaciones. Todo eso lo pagan las comunidades autónomas y los ayuntamientos, que son quienes gestionan la sanidad, la educación y los servicios.

Pero, como el Gobierno no firma esas facturas, concluye que no hay coste. Brillante.

Pero no se trata sólo de lo que el borrador del decreto exige; de hecho, es todavía más escandaloso lo que deja de exigir.

"A diferencia de todas las regularizaciones anteriores, esta no vincula la autorización a un contrato de trabajo, a una oferta de empleo o a actividad económica alguna"

Porque, a diferencia de todas las regularizaciones anteriores (desde 1986 hasta 2005), esta no vincula la autorización a un contrato de trabajo, a una oferta de empleo o a actividad económica alguna. Tampoco exige formación. Ni idioma.

Y aún peor: presume la vulnerabilidad de cualquier persona en situación irregular por el hecho de estarlo, de manera que convierte la irregularidad en título habilitante.

Ah, y sólo con la admisión a trámite (un acto procesal, no una resolución) uno ya puede residir y trabajar en quince días.

En definitiva, que si la Administración se desborda (y se desbordará), el resultado es una regularización automática.

Para completar el cuadro, el borrador remite la acreditación a entidades del Tercer Sector a través de un Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería previsto en el artículo 197.4.c) del Real Decreto 1155/2024, cuya creación depende de una Orden Ministerial que aún no existe: la audiencia pública se cerró hace sólo unos días, el 10 de febrero, y el borrador articulado no ha sido publicado.

Es decir, que el borrador remite a un instrumento sin norma reguladora vigente.

Con los antecedentes penales ocurre algo parecido. El Gobierno procura aparentar rigor y se queda en eso, en apariencia.

Primero porque cinco meses de estancia no bastan para que exista sentencia firme en España.

Y segundo porque se exige certificado del país de origen, pero no de los de tránsito.

Y, si ese certificado no llega en treinta días, se sustituye por una declaración responsable, figura que la ley concibe para acreditar documentación que existe, no para suplir su ausencia.

Por si fuera poco, la mera presentación de la solicitud paraliza los expedientes de expulsión, pese a que el régimen sancionador está recogido en una ley orgánica que un real decreto no puede suspender.

Todo esto, ya lo imaginan, es contrario al Pacto Europeo de Migración y Asilo de 2024. Es un sistema con una lógica perversa: cuanto más laxo, más atractivo; cuanto más atractivo, más presión migratoria; cuanta más presión, menos control.

Las redes de tráfico ya comercializan con esta regularización. Se han detectado rutas activadas desde el Reino Unido, Francia e Italia, con entre 200.000 y 250.000 movimientos secundarios estimados desde otros países del espacio Schengen.

En resumen, que lo que el Gobierno presenta como un acto de humanidad es, en la práctica, un negocio redondo para las mafias.

Merece mención aparte la reacción de Cataluña y País Vasco. Ambas presentaron alegaciones, sí.

Pero mientras las comunidades y ciudades autónomas gobernadas por el Partido Popular han planteado objeciones sobre servicios, seguridad ciudadana o incluso legales, los gobiernos de Salvador Illa e Imanol Pradales se han limitado a pedir que el catalán y el euskera cuenten como criterio de arraigo.

Ni una palabra sobre hospitales. Ni una sobre colegios. Ni una sobre seguridad.

En consecuencia, es legítimo preguntarse si su prioridad es mirar por sus ciudadanos o por su socio en la Moncloa.

Así las cosas, todas las comunidades y ciudades autónomas gobernadas por el Partido Popular han pedido al Gobierno que retire el borrador y convoque la Conferencia Sectorial de Inmigración.

Ahora tiene la palabra el Consejo de Estado.

Y es que esto ya no es una cuestión ideológica, ni siquiera una cuestión política. Lo que está en juego es la propia capacidad del Estado para hacer cumplir sus reglas.

Si un real decreto puede vaciar una ley orgánica, si la irregularidad se convierte en atajo y si los controles se sustituyen por declaraciones responsables, entonces el problema ya no es migratorio: es institucional.

*** Alma Ezcurra es eurodiputada y vicesecretaria de Coordinación Sectorial del Partido Popular.