Hermanos discutiendo por un testamento y el abogado Iñaki Barredo.

Hermanos discutiendo por un testamento y el abogado Iñaki Barredo.

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Iñaki, abogado, acerca de las herencias bloqueadas entre hermanos: "Si uno no acude a la notaría, el artículo 1.005 es tu salvación"

El abogado Iñaki Barredo advierte a los hermanos con herencias bloqueadas: "El artículo 1.005 del Código Civil es la solución y tu salvación en estos casos".

Más información: Cristina, notaria, acerca de las herencias entre hermanos: "Hay 6 meses para el impuesto de sucesiones y 30 años para aceptarla"

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Las herencias bloqueadas o sin repartir son una de las situaciones más comunes en el ámbito sucesorio en España. Un conflicto que, además de generar retrasos en el reparto de bienes, suele ir acompañado de tensiones familiares y un importante desgaste emocional.

Esto ocurre especialmente cuando uno o varios herederos se niegan a colaborar o paralizan el proceso sin justificación, lo que complica aún más un momento ya difícil marcado por la pérdida de un ser querido.

Lo cierto es que, en España, nadie está obligado a aceptar una herencia. Sin embargo, sí se puede exigir su reparto una vez ha sido aceptada o incluso una respuesta legal cuando alguno de los herederos no manifiesta su voluntad. Para estos casos, existe un artículo del Código Civil que puede resultar clave.

Así lo explica en uno de sus vídeos compartidos en TikTok el abogado experto en familia, Iñaki Barredo, donde advierte sobre esta herramienta legal poco conocida pero muy eficaz.

Y es que, las herencias bloqueadas entre hermanos son más frecuentes de lo que parece. Así lo confirma el abogado, que advierte: "Las herencias bloqueadas entre hermanos son algo muy habitual". Cuando uno o varios herederos se niegan a acudir a la notaría para aceptar la herencia, el proceso queda paralizado y la vivienda o los bienes heredados no pueden gestionarse.

@inakibarredoabogados

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Esto no sólo impide su venta o uso, sino que puede acarrear nuevos riesgos: "La vivienda o viviendas quedan sin poder solucionar, con riesgo de ocupación, riesgo de inflación, de nuevos impuestos y, sobre todo, desgaste emocional entre los hermanos", explica Barredo.

La buena noticia es que existe una vía legal para salir de este atasco: el artículo 1.005 del Código Civil. "El artículo 1.005 del Código Civil es la solución y tu salvación en estos casos", asegura el abogado. Esta norma permite forzar una respuesta por parte del heredero que guarda silencio.

Qué implica el artículo 1.005

El procedimiento es claro: se realiza un requerimiento notarial al heredero que no ha acudido a aceptar la herencia. "La solución es el artículo 1.005 del Código Civil que consiste en un requerimiento a ese hermano o hermana que no acude a la notaría a aceptar la herencia para que en el plazo de 30 días diga si acepta o rechaza esa herencia", detalla.

Y si ese plazo expira sin respuesta, la ley lo deja claro: "Si no dice nada queda automáticamente aceptada la herencia". De este modo, se desbloquea el proceso sin necesidad de acudir a juicio y se puede avanzar en el reparto o gestión de los bienes heredados.

Barredo concluye con un mensaje directo a quienes se encuentran atrapados en este tipo de situaciones: "Así que si tienes un problema de herencias y una herencia bloqueada porque alguno de los hermanos se niega sin motivo alguno a firmar, tienes la solución en ese artículo con requerimiento notarial y aceptación inmediata".