Isabel Rodríguez, ministra de Vivienda y Pedro Sánchez, presidente del Gobierno.
Ya está en vigor: un vecino puede ser expulsado de su vivienda por un máximo de 3 años si causa molestias al resto
La normativa contempla medidas para frenar las actividades molestas o para quienes incumplan las normativas de convivencia.
Más información: Ya es oficial: los vecinos no están obligados a pagar las cuotas pendientes a la comunidad si han transcurrido cinco años
Vivir en una comunidad de propietarios implica compartir espacios y respetar unas normas básicas de convivencia. Sin embargo, no siempre resulta tan sencillo. Los ruidos constantes, las actividades peligrosas o determinados comportamientos incívicos pueden acabar deteriorando la tranquilidad del edificio y generando conflictos entre los vecinos.
Algo bastante común en las comunidades de vecinos en España, donde el 33 % de los españoles afirma haber tenido problemas con el resto de propietarios y un 12 % asegura que estos conflictos nunca llegaron a resolverse.
Es precisamente cuando estas situaciones se prolongan en el tiempo, cuando muchos propietarios desconocen que la legislación española contempla mecanismos para actuar. La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) regula este tipo de conflictos y establece el procedimiento que debe seguir la comunidad cuando un vecino desarrolla actividades que afectan al resto de residentes.
El artículo 7.2 de dicha Ley, establece que ni los propietarios ni quienes ocupen una vivienda o un local pueden realizar actividades prohibidas por los estatutos de la comunidad o que resulten molestas, insalubres, peligrosas, nocivas o ilícitas.
Antes de acudir a los tribunales, el primer paso corresponde al presidente de la comunidad. Si recibe quejas o detecta una situación de este tipo, puede requerir formalmente al vecino para que ponga fin a esa conducta.
Si el problema continúa pese a ese aviso, la comunidad podrá acordar en junta el inicio de acciones judiciales para solicitar el cese definitivo de la actividad.
El juez puede llegar a privar del uso de la vivienda
Cuando el conflicto termina en los tribunales, será el juez quien valore la gravedad de los hechos y determine las medidas que correspondan.
Durante el procedimiento, incluso puede ordenar de forma cautelar que la actividad cese de inmediato mientras se resuelve el caso. Si el vecino desobedece esa orden judicial, podrían adoptarse nuevas medidas para garantizar su cumplimiento.
En los supuestos más graves, la sentencia puede obligar al responsable a indemnizar los daños ocasionados a la comunidad e incluso acordar la privación del derecho a utilizar la vivienda durante un periodo máximo de tres años, siempre en función de la gravedad de la conducta y de las consecuencias que haya tenido para el resto de propietarios.
Una medida reservada para los casos más graves
Aunque popularmente se habla de "expulsar" a un vecino de la comunidad, la realidad es que esta posibilidad solo puede acordarse mediante resolución judicial y en situaciones especialmente graves o reiteradas.
Por ello, los especialistas recuerdan que lo más recomendable es intentar resolver el conflicto mediante el diálogo antes de acudir a los tribunales.
No obstante, cuando las molestias persisten y afectan de forma continuada a la convivencia, la Ley de Propiedad Horizontal ofrece a las comunidades una vía legal para proteger los derechos del conjunto de los vecinos.