Un bloque de pisos.
Es oficial: los españoles que vivan en alquiler podrán recibir una ayuda de 525 €, si cobran una pensión
Las mujeres pensionistas siguen cobrando hasta 500 euros menos al mes en España, lo que obliga a muchas a depender de pensiones no contributivas.
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La subida continuada en el precio de la vivienda en España, el aumento del coste de vida y unas pensiones que en muchos casos apenas permiten llegar a fin de mes están complicando la situación económica de miles de personas mayores en España.
Entre los colectivos más afectados se encuentran las mujeres pensionistas. Sus prestaciones continúan siendo, de media, notablemente inferiores a las de los hombres y muchas dependen de pensiones no contributivas para poder afrontar sus gastos cotidianos.
Un contexto en el que cada vez son más los jubilados que tienen dificultades para hacer frente al alquiler de su vivienda. Para muchos de ellos, el incremento de las rentas se suma a unos ingresos muy limitados que, en algunos casos, apenas rondan los 600 euros al mes.
A pesar de esta situación, muchas personas desconocen que existe una ayuda específica para quienes perciben una pensión no contributiva y residen en una vivienda de alquiler. Se trata de un complemento anual de 525 euros gestionado por el IMSERSO, pensado para ayudar a aliviar parte del coste del arrendamiento.
Esta prestación está dirigida especialmente a pensionistas con menos recursos y para aquellas personas que viven con ingresos muy ajustados. Regulada por el Real Decreto 1191/2012, la ayuda continúa vigente en 2026 y forma parte del sistema de pensiones no contributivas tras las últimas actualizaciones aprobadas por el Gobierno.
Requisitos para acceder a la ayuda
Esta ayuda está pensada para quienes cobran una pensión no contributiva, ya sea de jubilación o de invalidez y viven de alquiler en su residencia habitual. Además, no pueden ser propietarios de otra vivienda.
Entre las condiciones figura que el contrato de arrendamiento esté a nombre del beneficiario. También es necesario haber residido en esa vivienda durante al menos seis meses y contar con un contrato de alquiler con una duración mínima de un año, tal y como explica el experto en finanzas José Luis Rodríguez Simón.
Por último, la normativa establece que el propietario del inmueble no puede ser el cónyuge, pareja de hecho ni un familiar hasta el tercer grado del solicitante, un requisito que busca evitar posibles situaciones de fraude.
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Si en una misma vivienda conviven varias personas que perciben una pensión no contributiva, el complemento del alquiler únicamente podrá concederse a una de ellas. Por lo general, será el beneficiario que figure como titular del contrato de arrendamiento.
En cambio, no podrán acceder a esta ayuda quienes cobren una pensión contributiva, sean propietarios de una vivienda, residan en un inmueble perteneciente a un familiar cercano o no aparezcan como titulares del contrato de alquiler.
Cómo pedir la ayuda al alquiler
La solicitud de este complemento se tramita a través de los servicios sociales de cada comunidad autónoma, que son los organismos responsables de gestionar las pensiones no contributivas. La ayuda puede abonarse en un único pago anual de 525 euros o repartirse en mensualidades, lo que equivale aproximadamente a 43,75 euros al mes.
El trámite puede realizarse de forma presencial o por vía telemática, según las opciones habilitadas por cada comunidad. Para solicitarla, normalmente será necesario presentar el documento de identidad, el justificante de la pensión no contributiva, el contrato de alquiler y la documentación que acredite que la vivienda constituye la residencia habitual del beneficiario.