Elma Saiz, ministra de Seguridad Social.

Elma Saiz, ministra de Seguridad Social.

Estilo de vida

España cambia las normas: permite recuperar hasta 5 años cotizados a quienes hicieron prácticas antes de 2024

Que una etapa de formación real no aparezca en la vida laboral, para muchos, esos meses o años pueden marcar la diferencia en el futuro.

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Hacer prácticas es el primer contacto de muchos jóvenes con el mercado laboral. Universitarios, estudiantes de Formación Profesional, investigadores o alumnos de enseñanzas artísticas pasaron por empresas, instituciones y centros de trabajo antes de conseguir su primer empleo.

Sin embargo, esos periodos no siempre han quedado reflejados en la vida laboral. Muchas prácticas académicas o formativas se realizaron sin cotizar a la Seguridad Social, pese a que supusieron tiempo real de dedicación y aprendizaje.

Ahora, esas personas cuentan con una vía para recuperar parte de ese tiempo. La Seguridad Social permite suscribir un convenio especial para computar como cotizados hasta cinco años de antiguas prácticas, lo que equivale a un máximo de 1.825 días.

La medida busca evitar que muchos trabajadores arrastren lagunas en su carrera contributiva por etapas formativas que, en su momento, quedaron fuera del sistema.

Quién puede recuperarlos

El convenio especial está dirigido a personas que realizaron prácticas académicas externas o prácticas formativas vinculadas a estudios oficiales y no cotizaron por ellas. En el caso de las prácticas no remuneradas, pueden recuperarse las realizadas antes de 2024.

También pueden acogerse quienes hicieron prácticas remuneradas antes del 1 de noviembre de 2011, fecha a partir de la cual determinados programas formativos ya pasaron a estar incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.

Entre los posibles beneficiarios figuran antiguos alumnos universitarios que realizaron prácticas para obtener un grado, máster, doctorado o título propio. También se incluyen estudiantes de Formación Profesional, siempre que esas prácticas no tuvieran carácter laboral ni pertenecieran al régimen de formación profesional intensiva.

La medida alcanza además a quienes cursaron enseñanzas artísticas superiores, artísticas profesionales y enseñanzas deportivas. En determinados casos, también pueden entrar becarios de programas de formación o doctorandos en programas de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.

No se trata, por tanto, de una cotización automática. La persona interesada debe solicitar el convenio, acreditar los periodos de prácticas y asumir el coste correspondiente para que esos días se incorporen a su historial.

Hasta cuándo se puede pedir

El plazo para solicitar este convenio especial estará abierto hasta el 31 de diciembre de 2028. La petición debe tramitarse ante la Tesorería General de la Seguridad Social, aportando la certificación que demuestre la realización de las prácticas y su duración.

Esa documentación debe ser emitida por la universidad, centro educativo, empresa, entidad o administración correspondiente. Resulta clave porque la Seguridad Social no reconocerá periodos que no puedan acreditarse de forma suficiente.

Una vez presentada la solicitud, la Administración debe resolver y notificar en un plazo máximo de seis meses. Si no hay resolución expresa dentro de ese tiempo, el silencio administrativo se considera estimatorio.

El convenio puede resultar especialmente útil para quienes necesitan completar años de cotización de cara a la jubilación, acceder a determinadas prestaciones o mejorar su futura carrera contributiva.

Eso sí, conviene analizar cada caso antes de solicitarlo. Recuperar cotización puede ser interesante, pero no siempre tendrá el mismo impacto para todos. La edad, los años ya cotizados y las expectativas de jubilación pueden influir en la decisión.

Cuánto cuesta

El rescate de esos periodos no es gratuito. La persona que lo solicite tendrá que pagar una cuota calculada en función de las bases mínimas de cotización del grupo 7 del Régimen General correspondientes al año en el que se realizaron las prácticas.

La normativa establece además la aplicación de un coeficiente reductor del 0,77 sobre la cantidad resultante. Con ello se rebaja el coste final respecto al cálculo inicial y se facilita el acceso al convenio.

El pago puede hacerse de una sola vez o de forma fraccionada. Si se opta por pagar a plazos, el periodo máximo puede llegar hasta el doble de las mensualidades que se quieran recuperar, con un límite de 84 mensualidades.

En la práctica, quien realizó un año de prácticas sin cotizar podrá solicitar que ese periodo compute, siempre que lo acredite y abone la cantidad correspondiente. Quien acumuló más tiempo podrá recuperar hasta el máximo legal de cinco años.