Pedro Sánchez y Ursula von der Leyen, durante una reunión celebrada en Bruselas

Pedro Sánchez y Ursula von der Leyen, durante una reunión celebrada en Bruselas Comisión Europea

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Ya es oficial: la Unión Europea limita prestaciones y ayudas sociales a los ciudadanos que no tengan trabajo

La Comisión Europea publicará un listado con los requisitos que deberán cumplir los ciudadanos que residan dentro del territorio para acceder a las ayudas.

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La Unión Europea ha desbloqueado una reforma de las normas que coordinan los sistemas nacionales de Seguridad Social. El cambio no crea un organismo europeo ni sustituye las reglas de cada país, pero aclara cuándo un Estado podrá limitar determinadas prestaciones sociales a ciudadanos comunitarios que vivan en su territorio sin trabajar ni mantener una relación suficiente con su sistema.

El acuerdo político fue alcanzado el 22 de abril por el Consejo y el Parlamento Europeo y refrendado después por los representantes de los Estados miembros.

La Comisión de Empleo y Asuntos Sociales de la Eurocámara también lo respaldó a comienzos de mayo, aunque el texto aún necesita la aprobación formal del Parlamento y del Consejo para entrar en vigor.

La reforma actualiza los Reglamentos 883/2004 y 987/2009, que fijan qué legislación se aplica cuando una persona vive o trabaja en otro país de la UE. Bruselas busca reducir conflictos entre administraciones y repartir mejor el coste de las prestaciones.

Ciudadanos sin empleo

El punto más sensible afecta a los europeos que se trasladan a otro Estado miembro sin ejercer una actividad económica. Las nuevas reglas aclaran en qué circunstancias los países podrán limitar el acceso a ciertas prestaciones sociales solicitadas por estas personas.

Eso no significa que un ciudadano comunitario pierda automáticamente derechos por no trabajar. La clave estará en la residencia legal, la situación personal, la normativa nacional y la relación real con el sistema del país en el que se pide la ayuda.

La UE mantiene que la libre circulación sigue siendo un derecho fundamental. Cualquier ciudadano europeo puede buscar empleo, trabajar y residir en otro Estado miembro sin permiso laboral. Lo que se pretende acotar es el acceso a ayudas asistenciales cuando no existe actividad, cotización o vínculo suficiente.

El texto también subraya que no debe impedirse a los ciudadanos móviles cotizar a regímenes de cobertura sanitaria. La reforma distingue así entre proteger derechos sociales en situaciones transfronterizas y evitar que una prestación no contributiva recaiga sobre un Estado sin conexión clara con el solicitante.

Desempleo y familias

El paquete incluye cambios en las prestaciones por desempleo. Quienes se desplacen a otro país de la UE para buscar trabajo podrán seguir cobrando la prestación del país anterior durante seis meses. Ese plazo podrá ampliarse, si ese Estado lo decide, hasta agotar el periodo reconocido.

También se fijan reglas para trabajadores transfronterizos. Si una persona ha trabajado, ha sido autónoma o ha estado asegurada durante 22 semanas ininterrumpidas en un Estado miembro, ese país asumirá el pago de la prestación, siempre que se cumplan sus condiciones nacionales.

Otra novedad son los cuidados de larga duración. La UE incorporará una definición común y una lista de prestaciones cubiertas por estas reglas. El objetivo es evitar vacíos para personas dependientes o cuidadores que se mueven entre países.

En prestaciones familiares, la reforma distingue entre ayudas en efectivo destinadas a sustituir ingresos cuando una persona reduce o deja su actividad para cuidar a un hijo y otras ayudas familiares. Bruselas sostiene que esta separación evitará desincentivos económicos.

Años de bloqueo

La propuesta original de la Comisión Europea data de diciembre de 2016 y llevaba años encallada por las diferencias entre países de origen y destino de trabajadores móviles. El acuerdo actual intenta cerrar ese debate con criterios más previsibles.

La reforma también afecta a trabajadores desplazados. Los empleados o autónomos enviados temporalmente a otro país podrán seguir asegurados en el Estado de origen hasta 24 meses, siempre que no sustituyan a otro trabajador y hayan estado asegurados al menos tres meses antes.

Además, habrá notificación previa obligatoria a las autoridades cuando se realicen actividades en otro Estado miembro. Se exceptúan viajes de negocios y actividades de corta duración de hasta tres días consecutivos en un periodo de 30 días, salvo en la construcción.

Con este pacto, la UE intenta equilibrar dos prioridades: proteger la movilidad laboral y reforzar los mecanismos contra errores, fraudes o cargas mal repartidas. No se trata de cerrar la puerta a las prestaciones sociales, sino de precisar qué país paga y bajo qué condiciones.

Cuando Parlamento y Consejo adopten formalmente el texto, los Estados miembros deberán aplicar unas reglas pensadas para reducir el limbo legal y dar más claridad a ciudadanos, empresas y administraciones.