María Jesús Montero, ministra de Hacienda.

María Jesús Montero, ministra de Hacienda. Imagen de archivo

Estilo de vida

Ya ha entrado en vigor: puedes ahorrar hasta un 95% al donar dinero si cumples este requisito

La forma en que dones el dinero marca la diferencia entre pagar miles de euros o apenas unos cientos en impuestos.

Más información: Confirmado por el Gobierno: puedes donar hasta 200.000 € a tus hijos para su primera casa sin pagar impuestos

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Muchos progenitores deciden ayudar a sus hijos económicamente para la compra de una vivienda, sobre todo en un contexto actual en el que la tendencia al alza de los precios en el sector inmobiliario ha provocado que para muchos jóvenes sea imposible o al menos muy complicado poder encontrar un inmueble que se puedan permitir.

Afortunadamente, hay una forma de poder ahorrar hasta el 95% del impuesto al donar dinero a un descendiente, pudiendo así brindar a un hijo la ayuda que pueda necesitar en un momento dado para encontrar un inmueble.

Son muchos los padres que en Cataluña desconocen que una transferencia de 50.000 euros para ayudar a uno de sus hijos para la entrada de un piso puede llevarlos a tener que pagar 2.500 euros en impuestos.

Sin embargo, existe una forma totalmente legal que permite reducir notablemente este pago, hasta dejarlo en apenas 125 euros, una cuantía mucho más asumible para poder ayudar a un hijo y que hace que muchos más se puedan animar a ofrecer este apoyo económico.

La clave para poder realizar esta donación económica se encuentra en un paso obligatorio ante notario que el 95% de los beneficiarios debe cumplir para no perder la bonificación.

Para entender su funcionamiento, hay que tener claro que el que recibe el dinero es el que debe pagar el impuesto, la cuantía depende de la normativa económica y existen una serie de reducciones que pueden bajar la carga fiscal en algunos casos.

Aunque en cada comunidad autónoma habrá que tener en cuenta lo que dictamine su normativa, en el caso de Cataluña se aclara que la donación de dinero de padres a hijos tributa en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la modalidad de donaciones.

El obligado a pagar es quien recibe el dinero, que en este caso se encontrará obligado a presentar y abonar el impuesto.

En esta región, la normativa autonómica establece una tarifa reducida del 5% para donaciones entre familiares directos para los primeros 200.000 euros, aunque para ello será necesario formalizar la operación mediante escritura ante notario. Por ejemplo, en una donación de 50.000 euros, apenas se aplicaría el 5%.

Cómo lograr una reducción del 95%

En algunos casos, la factura fiscal puede reducirse notablemente. La normativa catalana prevé una reducción de hasta el 95% de la cantidad donada cuando el dinero se destina a la compra de la primera vivienda habitual del hijo y se cumplen determinados requisitos.

Entre ellos se encuentra que la donación se debe formalizar en escritura pública, además de que debe constar de manera expresa que el dinero se entrega para la compra de esa vivienda.

Para que se pueda aplicar la mencionada reducción del 95%, por lo tanto, deberá constar en la escritura de donación que la entrega del dinero es para la compra de la primera vivienda habitual. En cualquier caso, hay que tener en cuenta que la ventaja fiscal está sujeta a varias condiciones.

Una de ellas implica que el hijo que recibe el dinero no puede haber recibido otra donación de los padres con la misma finalidad en los tres años anteriores y debe tener menos de 36 años, salvo que se trate de una persona con discapacidad igual o superior al 65%, casos en los que se puede superar esta edad.

Asimismo, se exige una base imponible en el IRPF que no supere ciertos límites, para poder asegurarse de que no en todos los casos se pueda contribuir con este tipo de ayuda a los hijos, solo cuando realmente sea necesaria esa ayuda.

Por otro lado, es importante el plazo de compra de la vivienda, que debe formalizarse en un plazo máximo de 6 meses desde que se recibe la donación. Si no se cumplen los requisitos o no aparece debidamente reflejado en la escritura, la reducción puede perderse y tener que pagar el impuesto sin el beneficio fiscal mencionado.

No dones sin formalizar la donación

Uno de los fallos más frecuentes cuando los padres quieren ayudar a sus hijos económicamente es optar por hacer una transferencia bancaria sin planificar previamente la donación.

Aunque pueda parecer un trámite sin mayor importancia, la realidad es que sí la tiene, y puede tener consecuencias fiscales de gran relevancia. Y es que, para poder aplicar las ventajas fiscales de Cataluña o cualquier otra región, la donación se debe formalizar en escritura pública ante notario y declararse dentro del plazo establecido.

Por su parte, el hijo que recibe el dinero tiene el plazo de un mes desde el momento en el que se produce la donación para presentar la autoliquidación ante la Agencia Tributaria. De no cumplir con los requisitos legales o superar el plazo, podrían tener que pagarse recargos, intereses de demora o perder algunos de los beneficios fiscales

Para evitar cualquier tipo de problema al respecto, los expertos aconsejan que se analice bien la operación antes de hacer cualquier transferencia de dinero, realizando una simulación de la liquidación del impuesto para poder conocer antes de nada la cuantía que va a tener que pagar el hijo por recibir esa ayuda económica.

Finalmente, destacar que no todas las donaciones tienen el mismo impacto fiscal, ya que cuando no se dona dinero en efectivo, sino otros activos financieros, la operación puede llevar asociadas distintas consecuencias para la persona que realiza la donación.