El ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente.

El ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente. Europapress

Motor

España quiere cambiar las normas: los vehículos que circulen a menos de 40 km/h necesitarían este nuevo permiso

Se plantean nuevos avances para conseguir una regulación eficiente en los desplazamientos.

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El paisaje del sector del automóvil está viviendo una transformación constante, para su regulación se introduce la nueva Ley de Movilidad sostenible, fomentada por el Ministerio de Transportes, con ella se pretende poner orden en la modernización.

Y es que cada vez son más los que realizan pedidos online, por lo que como consecuencia, también han aumentado sus medios de transporte con pequeños vehículos que no superan los 40km/h y que recorren las ciudades en sus repartos.

En este contexto la nueva ley a través de su artículo 42 establece la posibilidad de comenzar a exigir una autorización específica a todos aquellos vehículos de mercancías que circulen a una velocidad igual o inferior a la nombrada.

Tráfico en Barcelona.

Tráfico en Barcelona. Istock

Con esta herramienta se busca anticipar la regulación al mercado, justificando la irrupción a corto plazo de esta nueva forma de movilidad.

Esta norma estaba pensada originalmente para maquinaria lenta como son los tractores, excavadoras o grúas, entre otros.

Pero con ella también se permite circular a las nuevas flotas de reparto de "última milla", etapa final en la logística donde el paquete se traslada del centro de distribución al punto final.

Con ello sortean la burocracia que sí se exige a camiones y furgonetas tradicionales. Este permiso aún no posee un nombre comercial, por lo que en caso de que se hiciera oficial sería mediante un reglamento posterior.

De este modo, se necesitarían unos mínimos, aún desconocidos. Con lo que se permitiría establecer un control, especialmente en el ámbito profesional.

La Dirección General de Tráfico (DGT) también implementa nuevas medidas para la regulación de ciertos vehículos, en concreto los de movilidad personal.

Y es que tal y como aclara el organismo desde el pasado 22 de enero aquellos que tengan una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h deberán aportar un certificado de inscripción en el Registro de vehículos personales ligeros y portar la etiqueta identificativa.

Esta medida refleja la intención de las instituciones para fomentar un ecosistema de emisiones cero con las que mejorar el aire y reducir la contaminación, regulando todos los tipos de vehículos para conseguir garantías fundamentales en caso de un incidente.

Al igual que la nueva Ley de sostenibilidad que afectará a los trabajadores y empresas, concretamente, a aquellas que tengan más de 200 trabajadores o 100 por turno, obligándoles a implementar un plan de movilidad sostenible para el transporte.