El hospital de Antequera.
El SAS se libra de pagar 3,4 millones por un parto con graves secuelas en Antequera: el Consultivo descarta mala praxis
El Consejo Consultivo de Andalucía rechaza la pretensión de los padres, que realizaron una reclamación millonaria. A ojos del organismo, no queda acreditada la existencia de fallo médico ni relación directa con el parto.
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El Consejo Consultivo de Andalucía ha avalado que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) no indemnice a una familia que reclamaba más de 3,4 millones de euros por las gravísimas secuelas sufridas por su hijo tras un parto en el Hospital de Antequera, al concluir que no hubo mala praxis ni relación de causa efecto entre la asistencia sanitaria y las lesiones del recién nacido.
Según el dictamen, fechado el pasado 12 de marzo, los padres denunciaron una "asistencia inadecuada" durante el alumbramiento y el tratamiento posterior del bebé, que padece una encefalopatía hipóxico‑isquémica grave, retraso psicomotor, problemas severos de deglución y alimentación enteral, y atribuían esas secuelas a un funcionamiento anómalo del servicio público sanitario.
El órgano consultivo recuerda que, para que exista responsabilidad patrimonial, no basta con que haya un daño muy grave, sino que es imprescindible acreditar un nexo causal claro entre la actuación médica y el resultado, así como una vulneración de la lex artis.
En este caso, subraya, la familia no aportó informe pericial propio y el análisis debe hacerse a partir de la historia clínica y de los informes de los servicios implicados.
En Obstetricia, el dictamen apunta que la gestante ingresó con rotura prematura de membranas y líquido meconial, pero con registro fetal reactivo, y que la decisión de inducir el parto con vigilancia continua, reservando la cesárea inmediata para supuestos de pérdida de bienestar fetal, se ajusta a la práctica clínica.
Tras doce horas sin progresión de la dilatación, la cesárea se indicó por fracaso de la inducción y se practicó sobre las 11.00 horas, lo que el Consultivo considera conforme a la lex artis y descarta que se debiera haber optado por una cesárea urgente desde el inicio.
El servicio de Anestesia niega las incidencias descritas por los padres y vincula la sensación de pérdida de conciencia que relatan a los fármacos administrados tras la extracción del feto, insistiendo en que se actuó siguiendo los protocolos.
Respecto a la crítica por no haber aplicado hipotermia terapéutica al recién nacido dentro de las seis primeras horas, el dictamen recoge que, según los criterios vigentes, ese tratamiento no estaba indicado: el bebé tenía un Apgar a los cinco minutos superior a 5, no requirió reanimación avanzada y no presentaba la acidosis metabólica grave que exige la guía.
La clave del caso está en el origen de las lesiones. Un informe del Servicio de Pediatría del Hospital Regional de Málaga, que analiza la resonancia craneal realizada a los dos días de vida, concluye que las imágenes son compatibles con una patología vascular isquémica de más de diez días de evolución, es decir, con lesiones prenatales o pre‑perinatales previas al parto.
No se ha identificado causa metabólica ni genética, y los pediatras describen el caso como una "evolución muy desafortunada" de un embarazo en su tramo final, difícil de detectar y evitar incluso con los actuales medios, recordando que las tasas de parálisis cerebral apenas han descendido en dos décadas.
A la vista de todo ello, el Consejo Consultivo entiende que no se ha acreditado un funcionamiento anormal del servicio sanitario ni una infracción de la lex artis que pueda vincularse causalmente a las secuelas del menor.
Por tanto, concluye que no existe el necesario nexo causal y emite dictamen favorable a la propuesta del SAS de desestimar la reclamación de responsabilidad patrimonial.