Imagen de archivo del paseo marítimo de Torre del Mar.

Imagen de archivo del paseo marítimo de Torre del Mar.

Vélez Málaga

Confirman siete años de cárcel para un hombre por intentar matar a otro con dos puñaladas en Vélez-Málaga

Los hechos ocurrieron en septiembre de 2023, cuando el acusado agredió a otro en el paseo marítimo de Torre del Mar. El TSJA rechaza el recurso de la defensa.

Más información: El Supremo confirma la condena a 41 años para 'El melillero' por rociar con ácido a su exnovia

Publicada

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de siete años de prisión impuesta por la Audiencia de Málaga para un hombre por intentar matar a otro en el paseo marítimo de Torre del Mar, en la localidad malagueña de Vélez-Málaga, al asestarle dos puñaladas.

Así, se rechaza el recurso de la defensa y mantiene los hechos declarados probados por la Audiencia de Málaga, que consideró acreditado que el hombre actuó "movido por el ánimo de atentar contra la vida de aquel y causarle la muerte", según la sentencia del alto Tribunal andaluz.

Los hechos sucedieron en septiembre de 2023. El acusado se acercó "sorpresivamente" a la víctima, que estaba sentada en los bancos del parque del paseo marítimo y le manifestó "a ti te quería yo ver", y acto seguido "le asestó una puñalada en el hemitórax derecho", lo que provocó que el hombre se reclinara.

Entonces, le asestó una segunda puñalada en la región lateral del hemitórax izquierdo; unas heridas que "tanto por su profundidad, como por su localización, supusieron un grave riesgo vital para el lesionado, llegando a comprometer la vida del individuo", señalaba la resolución ahora confirmada.

A consecuencia de la agresión, la víctima precisó asistencia hospitalaria en UCI, con coma inducido e intubación. Estuvo hospitalizado hasta octubre y requirió de 45 días para su estabilización lesional; de los que 30 fueron de perjuicio particular por pérdida de calidad de vida. Además, le han quedado secuelas.

Por estos hechos, se le condenó por un delito de homicidio en grado de tentativa y se le impuso la pena de siete años de prisión y la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros al perjudicado o comunicarse con él por cualquier medio durante ocho años. Además, deberá indemnizarle con 26.000 euros por las lesiones y secuelas.

La defensa del acusado solicitó en su recurso de apelación se le absolviera a su cliente del delito de homicidio en grado de tentativa y de forma subsidiaria que se declarara la nulidad de la sentencia y que se dictara una nueva resolución que respetara los derechos fundamentales que estima vulnerados.

Según la Sala del TSJA, el acusado actuó de forma "inopinada y sorpresiva" y apunta que "no pudo consumar su propósito homicida debido a que el herido tras deambular por la zona durante algo más de 30 minutos en la creencia de que las lesiones no revestían tanta gravedad se dirigió por sus propios medios al centro de salud".

"No cabe duda de que apuñalar ambos hemitórax de la víctima en dos acometidas con el cuchillo que portaba, con la fuerza necesaria como para ocasionar las heridas sufridas por --según los médicos forenses y facultativos--, permiten construir de forma razonable y sin dificultad un dolo directo de matar", dice la sentencia.

Con esto, señala que existe prueba de que "hubo riesgo para la vida", mientras que considera que la defensa en su recurso "no suministra en su recurso elementos de descargo que pudieran poner seriamente en cuestión la valoración probatoria de la sentencia impugnada".