Vistas de Málaga desde una de las torres de Martiricos.

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Málaga ciudad

Entra en vigor la nueva ordenanza que agiliza las licencias de obras en Málaga: estas son las novedades

El Ayuntamiento de Málaga busca con estos ajustes simplificar todo el proceso de concesión de permisos de obra, uno de los grandes dolores de cabeza en materia urbanística.

Más información: Revolución en el urbanismo de Málaga: acuerdo para aplicar la inteligencia artificial en varios trámites

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Las claves

Entra en vigor la nueva ordenanza en Málaga que simplifica y agiliza la concesión de licencias de obras.

La normativa aclara qué actuaciones requieren licencia, cuáles pueden hacerse con declaración responsable o comunicación, y cuáles no están sujetas a control municipal.

Se facilita el procedimiento sustituyendo el documento expeditivo por una comunicación, permitiendo el inicio de obras tras acreditar el cumplimiento de condiciones.

La ordenanza potencia el uso de modelos digitales BIM y abre la puerta al uso de inteligencia artificial en la concesión y comprobación de licencias urbanísticas.

La ordenanza con la que el Ayuntamiento de Málaga pretende simplificar y acelerar la concesión de licencias de obras entra en vigor.

Tras varios años de trabajo administrativo, la nueva normativa, aprobada de manera definitiva por el Pleno municipal el pasado 25 de septiembre, acaba de ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Málaga.

Y con ello completa la tramitación, siendo efectiva desde este martes 30 de diciembre.

El texto de aplicación modificará la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas, Declaraciones Responsables y demás medios de intervención en el uso del suelo y la edificación (OMLU).

Uno de los principales objetivos de la modificación es el de actualizar y definir de la manera más clara y precisa posible qué actuaciones urbanísticas están sujetas a licencia, cuáles pueden realizarse con la presentación de una declaración responsable o comunicación y confirmar cuáles son los actos no sujetos a ninguno de estos controles municipales.

Imagen de Francisco de la Torre y Carmen Casero, en rueda de prensa.

Imagen de Francisco de la Torre y Carmen Casero, en rueda de prensa. Amparo García/ Ayuntamiento de Málaga

Todo ello, en función de la clase de suelo (urbano sometido a actuación de transformación urbanística, urbano no sometido a actuación de transformación urbanística o rústico) y del régimen jurídico de la edificación afectada por las obras o actuación. Es decir, si es una edificación legal o irregular, si está protegida, fuera de ordenación u ordenanza, etc.

El texto modificado prevé la enumeración de los documentos, informes y autorizaciones necesarias que deben acompañar a la solicitud de la licencia urbanística o al formulario normalizado de declaración responsable o comunicación, en función del tipo de actuación que se pretenda realizar.

Ajustes

Otro de los ajustes sustanciales es que se facilita el procedimiento desde la concesión hasta la expedición; de esta forma se sustituye el documento expeditivo de la licencia por una comunicación.

Así, en los casos de licencias cuya eficacia quedó condicionada a determinados aspectos y si el cumplimiento de ellos depende exclusivamente del interesado, podrá iniciar la obra o actuación urbanística sin esperar a la emisión de un nuevo documento administrativo que confirme la eficacia del acto (expedición).

Para ello, el interesado debe presentar una comunicación acompañada de la documentación que acredite, bajo su responsabilidad, que se han cumplido todas las condiciones de la licencia, sin perjuicio de la comprobación posterior que realice la Gerencia de Urbanismo.

Por otro lado, se amplían los actos sujetos a comunicación previa para ciertos trámites, incluyendo las transmisiones y cambios de titularidad, prórrogas, desistimientos, etc., facilitando a la ciudadanía dichos trámites.

También se han actualizado y ampliado los actos no sujetos ni a licencia, ni a declaración responsable o comunicación y se han incorporado en este supuesto los acondicionamientos de espacios libres (ajardinamiento, pavimentación, solares de patios, aceras perimetrales a la edificación —siempre que no afecten jardines protegidos—), y las obras de mantenimiento y conservación de pistas deportivas o piscinas.

Tampoco estarán sujetos a ningún trámite previo la limpieza, pintura y acabados de fachada (salvo en los edificios con protección) o la instalación de acristalamientos verticales sin perfilería –siempre que no impliquen aumento de ocupación o volumen–.

Igualmente, facilita la regularización de edificaciones antiguas que quedan asimiladas en su régimen a licencia urbanística (SALU) siempre que estén terminadas y con sus actuales características y destino con anterioridad a agosto de 1986 (si se sitúan en suelo urbano) o del año 1975, si son en suelo rústico, sin que ello suponga la legalización de obras posteriores realizadas sin título habilitante.

Por último, potencia el uso del avance tecnológico para facilitar la expedición de licencias por un lado, a través de modelos digitales basados en metodología BIM (modelos 3D con datos asociados), y por otro, abre la posibilidad de poder hacer uso de la Inteligencia Artificial en la concesión de licencias urbanísticas y para la comprobación de las declaraciones responsables, lo cual permitiría utilizar sistemas inteligentes capaces de analizar grandes volúmenes de datos, interpretar normativas y realizar evaluaciones con rapidez y precisión.