Antiguos terrenos de Repsol, en Málaga.

Antiguos terrenos de Repsol, en Málaga.

Málaga ciudad

Respaldo judicial a Málaga en su apuesta por ampliar la superficie del futuro parque de Repsol

El TSJA desestima el recurso presentado por Repsol contra el Consistorio y el acuerdo del Pleno por el que se destina a zona verde una parcela reservada para una gasolinera.

Más información: Repsol lleva a los tribunales la apuesta de Málaga de hacer zona verde un suelo previsto para una gasolinera

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Los tribunales de Justicia dan la razón, al menos de inicio, al Ayuntamiento de Málaga y a Bosque Urbano en el conflicto judicial que desde mediados de 2023 le enfrenta a la empresa Repsol. Y, con ello, avalan la apuesta municipal por convertir en zona verde pública una parcela de 3.500 metros cuadrados propiedad de la mercantil que, inicialmente, estaba reservada para una estación de servicio.

Así se pone de manifiesto en la sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y fechada el pasado 14 de noviembre. Contra la misma se podía presentar recurso de casación.

El fallo desestima el recurso que la mercantil había presentado contra el Consistorio, reclamando la anulación del acuerdo del Pleno municipal que aprobó definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbanística para calificar como zona verde pública el citado solar. 

El interés municipal es el de que esta pastilla sea integrada como parte del futuro parque de los antiguos suelos de Repsol, sector donde, cabe recordar, se dibujan cuatro grandes torres, tres de ellas aún de propiedad municipal.

Repsol motivó su reclamación, entre otras razones, en la existencia de "un claro incumplimiento de un convenio urbanístico", al tiempo que incidía en la necesidad de que se estableciese una compensación económica a favor de la propiedad por los derechos urbanísticos "que son objeto de privación por motivo de la recalificación del espacio en zona verde pública".

En el documento se hace alusión, también, a la petición de un reconocimiento para que "se reubique la estación de servicios proyectada en la parcela objeto de la modificación para materializar el derecho a la construcción" o, alternativamente, "se determine una indemnización por la pérdida de su derecho a la construcción de una estación de servicio".

Frente a estos argumentos, el Ayuntamiento contestó que en nada afectaba a la legalidad del acuerdo impugnado el hecho de que no se estableciese una indemnización para la recurrente, "que le viene reconocida dado el caso en la legislación urbanística". Por su parte, el colectivo Plataforma Bosque Urbano de Málaga, codemandado, consideraba que la modificación del PGOU afectada "es coherente con el principio de desarrollo sostenible".

En este escenario, la sala del TSJA considera que el "potencial" derecho de la recurrente a una compensación económica por pérdida de un derecho urbanístico patrimonializado "no obsta a la legalidad de la modificación del planeamiento aquí discutida".

Desde el Ayuntamiento se defiende que el ajuste urbanístico acordado, que fue impulsado en el año 2020, "supone una mejora para el bienestar de la población", dado que va a posibilitar agrupar la pastilla de suelo con la zona verde de unos 79.886 metros cuadrados prevista en el sector de Repsol.