Un trabajador autónomo gestiona facturas

Un trabajador autónomo gestiona facturas Shutterstock

Economía

Es oficial: los autónomos pueden bonificar el 100% de la cuota mensual a la Seguridad Social el primer año

Si los rendimientos netos del autónomo no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), la ayuda puede extenderse a un segundo año completo.

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Las claves

La Junta de Andalucía devuelve el 100% de la cuota de autónomos a la Seguridad Social durante el primer año si se acogen a la tarifa plana estatal.

Si los rendimientos netos del autónomo no superan el Salario Mínimo Interprofesional tras el primer año, la ayuda puede extenderse a un segundo año.

Los beneficiarios deben estar dados de alta en el RETA o Régimen Especial del Mar, tener domicilio fiscal en Andalucía y cumplir requisitos como no haber sido autónomo en los dos años previos.

Existen subvenciones adicionales de hasta 5.500 euros para nuevos autónomos andaluces, compatibles con la cuota cero, para gastos de inicio, consolidación y modernización del negocio.

La llamada 'cuota cero' es una ayuda de la Junta de Andalucía que devuelve al autónomo todas las cuotas que ha abonado a la Seguridad Social durante los primeros 12 meses de actividad, siempre que esté acogido a la tarifa plana estatal.

En la práctica, esto supone que el profesional paga mensualmente su cuota reducida y posteriormente la Junta le subvenciona el 100 % de ese importe, de modo que el coste real es de 0 euros durante el primer año.

Además, si al cerrar el primer año los rendimientos netos del autónomo no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), la ayuda puede extenderse a un segundo año completo, manteniendo la bonificación del 100 % de la cuota. Esto permite disfrutar de hasta 24 meses con “cuota cero” siempre que se cumplan los requisitos de ingresos.

La medida se apoya en el nuevo sistema de cotización por ingresos reales y en la tarifa plana estatal de unos 80 euros para nuevos autónomos, que se aplica a nivel nacional durante los primeros 12 meses de alta.

La Junta exige que la persona trabajadora por cuenta propia esté dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o, en su caso, en el Régimen Especial del Mar, y que tenga su actividad económica en Andalucía.

Además, debe ser beneficiaria de la cuota reducida estatal (tarifa plana) o de bonificaciones específicas, como las de reincorporación tras maternidad, previstas en la normativa estatal de trabajo autónomo.

Entre los requisitos generales también figuran no haber estado de alta como autónomo en los dos años anteriores, estar al corriente de pago con Hacienda y Seguridad Social y respetar los límites de ingresos para mantener la ayuda más allá del primer año.

En algunos programas complementarios de la Junta, se exige la presentación de un plan de viabilidad positivo y que el domicilio fiscal y social radique dentro de la comunidad.

La cuota cero no es la única herramienta de apoyo al emprendimiento andaluz. La Junta mantiene líneas de subvenciones directas para nuevos autónomos que pueden alcanzar entre 3.800 y 5.500 euros, en función de la edad, el género y el tamaño del municipio donde se desarrolle la actividad.

Estas ayudas se orientan a cubrir gastos de inicio, consolidación y modernización del negocio. Algunas de estas subvenciones son compatibles con la cuota cero, lo que permite a un autónomo andaluz combinar el ahorro de la cuota con un apoyo económico adicional para su proyecto.