Yolanda Díaz, ministra de Trabajo.
En vigor: la empresa debe dar al menos un día de permiso si el trabajador tiene que hacer una mudanza
El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores reconoce este derecho.
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Cambiar de casa es uno de esos trámites que requiere mucho tiempo. Empaquetar, coordinar el transporte, recibir al casero o a los nuevos inquilinos, dar de alta los suministros.
La legislación laboral española lo tiene previsto desde hace años. El artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores reconoce el derecho de todo empleado a ausentarse del trabajo con retribución cuando traslade su domicilio habitual.
En concreto, su apartado c) establece que el trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse un día por traslado de su domicilio habitual.
Es un mínimo legal: la empresa no puede ofrecer menos, aunque sí puede ofrecer más.
Para disfrutar del permiso hay que cumplir dos requisitos. El primero es avisar a la empresa con una antelación razonable e indicar la fecha en la que se va a faltar.
El segundo es justificar el cambio de domicilio, por ejemplo con un contrato de alquiler o de compraventa, o con un certificado de empadronamiento.
Se trata de un día retribuido, que se cobra igual que uno trabajado, y que se considera tiempo de trabajo efectivo.
Por eso la empresa no puede descontarlo de la nómina, exigir que se recupere después ni restarlo de las vacaciones.
El permiso tiene límites que conviene conocer. Solo cubre el traslado de la vivienda habitual del propio trabajador, no las mudanzas de familiares ni los cambios a una segunda residencia.
Además, debe coincidir con un día laborable: si la mudanza se hace un sábado, un domingo o un festivo y el empleado no trabaja esos días, no nace el derecho a disfrutar de un día compensatorio entre semana.
En cambio, la distancia no importa. Basta con que se trate del domicilio habitual, de modo que el permiso también vale para mudarse de un piso de alquiler a otro dentro de la misma ciudad.
El Estatuto fija el suelo, pero no el techo. Muchos convenios sectoriales o de empresa amplían el permiso a dos días laborables, y algunos llegan a tres.
En ciertos casos esos días adicionales dependen de que el traslado implique cambiar de municipio, de provincia o de comunidad autónoma.
Por eso conviene revisar el convenio colectivo aplicable antes de pedir el permiso, ya que puede reconocer más de lo que dice la ley estatal.