Una imagen del lugar donde apareció el cadáver.
El TSJA rebaja a 20 años la condena del hombre que mató a su madre adoptiva en Málaga al reconocer dos atenuantes
La Sala de lo Civil y Penal aplica la atenuante de confesión tardía y la de alteración mental por discapacidad intelectual, confirmando sin embargo los tres delitos por los que fue condenado en primera instancia.
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado la condena impuesta al hombre que asesinó a su madre adoptiva en Málaga en mayo de 2022, introdujo el cadáver en un congelador y posteriormente lo arrojó a una arqueta de la capital.
La Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal andaluz mantiene intacta la condena por asesinato, robo con violencia en casa habitada y profanación de cadáveres, pero reduce la pena total al apreciar dos atenuantes que no habían sido reconocidas por el Tribunal del Jurado: una confesión tardía y una alteración mental leve.
La resolución, fechada el pasado 6 de mayo, estima parcialmente el recurso presentado por la defensa de Alejandro Ángel R. M., condenado inicialmente a 22 años y seis meses de prisión por el asesinato de su madre adoptiva, Ángela M. S. Con el nuevo fallo, la pena por el crimen pasa a ser de 20 años y un mes de cárcel.
Los magistrados consideran acreditado que el acusado confesó de manera "espontánea y voluntaria" ante la Policía detalles esenciales para el esclarecimiento completo del crimen, especialmente la participación del menor de edad que actuó junto a él y que ya había sido condenado previamente por estos hechos por el Juzgado de Menores de Málaga.
Según recoge la sentencia, hasta esa declaración policial el menor había negado cualquier implicación directa en la muerte y solo admitía haber colaborado en el ocultamiento del cadáver. Fue la confesión de Alejandro la que permitió a los investigadores reconstruir “la totalidad de la acción comisiva”, aclarar la autoría y avanzar también en la investigación contra la madre del menor por un supuesto encubrimiento, del que finalmente fue absuelta.
El TSJA reprocha al jurado popular y a la magistrada presidenta no haber valorado adecuadamente la relevancia de esa confesión tardía para el esclarecimiento de los hechos. "La investigación se hubiera visto dificultada" sin aquellas manifestaciones, concluyen los magistrados.
La Sala también introduce una segunda atenuante analógica relacionada con las capacidades psíquicas del condenado. Aunque descarta una eximente incompleta por alteración mental, sí aprecia que el acusado sufría una discapacidad psíquica congénita, trastorno de personalidad y discapacidad intelectual que afectaban "levemente" a su capacidad volitiva en el momento de los hechos.
El tribunal toma en consideración los informes periciales que situaban su coeficiente intelectual en niveles límite y le atribuían una edad mental muy inferior a la cronológica, aunque deja claro que comprendía la ilicitud de sus actos.
El crimen ocurrió el 25 de mayo de 2022 en la vivienda de la víctima, en Málaga capital. La sentencia considera probado que Alejandro Ángel R. M. accedió a la casa junto a un menor con la intención de conseguir el PIN de la tarjeta bancaria de su madre adoptiva para obtener dinero. Ambos la ataron de pies y manos, la amordazaron y acabaron causándole la muerte tirando de la cuerda que tenía alrededor del cuello.
Tras el asesinato, introdujeron el cuerpo en un congelador durante varios días, limpiaron la vivienda y después trasladaron el cadáver en una bolsa hasta un trastero. Finalmente lo transportaron en un carro de supermercado y lo abandonaron en una arqueta de la calle Juan de Robles, donde fue localizado posteriormente.
Además de reducir la pena por asesinato, el TSJA rebaja también la condena por el robo con violencia de cuatro años y tres meses a tres años y siete meses de prisión, y disminuye la pena por profanación de cadáver de cuatro meses a tres meses y diez días.
La sentencia todavía no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.