Barcos de pesca de arrastre de Andalucía.

Barcos de pesca de arrastre de Andalucía. Junta de Andalucía

Málaga

Andalucía prohíbe la pesca de chirla en el litoral Mediterráneo hasta el 30 de junio

La Junta de Andalucía adopta la medida tras superarse el cupo máximo de capturas, fijado en 25 toneladas. La orden está vigente desde el pasado 3 de marzo.

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Es posible que si ha acudido en los últimos días a alguno de los numerosos mercados de pescado de la provincia de Málaga se haya percatado de que no hay chirlas procedentes de los caladeros del Mediterráneo. Y esto es porque desde el pasado 3 de marzo están cerrados por orden de la Junta de Andalucía, que fija la clausura de los mismos hasta el próximo 30 de junio.

Así consta en la resolución publicada este miércoles en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), en la que se justifica la decisión en que se ha superado el cupo máximo de capturas permitido para la campaña 2024-2025, fijado en 25 toneladas.

La conclusión se adopta tras analizar los registros del sistema electrónico de remisión de notas de venta procedentes de las lonjas del litoral mediterráneo de la Comunidad Autónoma de Andalucía (IDAPES).

Imagen de chirlas.

Imagen de chirlas.

Con este paso se da cumplimiento a la orden vigente desde 2014, por la que se establece un plan de gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía, posteriormente modificada en varias ocasiones. En la última de ellas, que data de 24 de julio de 2024, se determinan los puntos de referencia biológicos de explotación de las principales especies capturadas en el mediterráneo.

En este sentido, se considera que la especie chirla (Chamelea gallina), se encuentra dentro de unos límites biológicos seguros y, por tanto, explotadas de forma sostenible, cuando la captura total no sea superior a 25 tm/campaña anual de pesca, “debiendo producirse al cierre de dicho caladero una vez sea alcanzada dicha cantidad de capturas”.

En la resolución ahora adoptada, la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural establece la prohibición de "capturar, mantener a bordo, transbordar, desembarcar y comercializar" la especie chirla procedente del caladero Mediterráneo. Indica, además que todos los ejemplares capturados de forma accidental deben ser devueltos inmediatamente al mar. El incumplimiento de esta resolución será objeto de sanción.