Imagen de archivo de una mujer embarazada.

Imagen de archivo de una mujer embarazada. EFE

Sociedad

Una médica de Madrid, condenada a pagar 56.000€ a la madre de un bebé con malformaciones: "Estaba bien"

La Audiencia Provincial ha confirmado la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Alcalá de Henares desestimando el recurso de la acusada.

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Tener un hijo es uno de los momentos más importantes, y a la vez felices, en la vida de una persona. Sin embargo, hay veces en las que la vida juega malas pasadas que terminan convirtiendo esa felicidad en la mayor de las desgracias. Eso es lo que le sucedió a una mujer de Madrid cuyo embarazo no salió como todos esperaban, dando lugar a una dura sentencia.

Todo sucedió en una clínica privada de Madrid. Una de sus médicas ha sido condenada civilmente por la Audiencia Provincial, quien ha confirmado la sentencia que pesaba sobre esta profesional, por negligencia en el diagnóstico prenatal de malformaciones fetales.

Un caso extremadamente grave que ha tenido importantes consecuencias. La actual decisión ratifica la sentencia dictada en primera instancia por la cual se había ordenado a la doctora indemnizar con 56.000 euros a la madre del menor afectado. Un pago que se debía realizar por los daños y perjuicios derivados de la omisión en la detección de anomalías durante la ecografía de la semana 20 del embarazo.

La demandante acudía regularmente a la clínica para pasar las revisiones que tenía pautadas. Sin embargo, llegada la semana 20, se produjo un momento muy importante. Era el momento de hacer la ecografía conocida como 'morfológica'. En ella se pueden detectar posibles anomalías del feto.

La doctora denunciada realizó la prueba en las instalaciones de una segunda clínica, equipada incluso con un ecógrafo de mayor precisión. Sin embargo, el informe resultado indicó que "todo estaba bien y correcto" y que no había indicios de malformaciones. Eso sí, se añadía que algunas anomalías sin expresión ecográfica podían pasar inadvertidas o manifestarse en etapas posteriores. Y a partir de ahí surgió la dolorosa desgracia.

Condenada a pagar 56.000 euros por negligencia

El embarazo siguió su curso hasta completarse la formación del bebé. Pero a su nacimiento, llegó la desagradable sorpresa. Este presentaba diversas malformaciones, entre ellas la ausencia del peroné. Esta es una circunstancia que, según las pruebas aportadas por los especialistas defensores de la familia, habría podido detectarse en aquella revisión de la semana 20.

En el año 2018, el menor fue intervenido quirúrgicamente y se le practicó una amputación infracondílea y una corrección mecánica del miembro afectado. Desde entonces, necesita una prótesis cuya sustitución periódica obliga a los padres a enfrentarse, una y otra vez, a trámites administrativos y judiciales para su financiación.

Ante esta situación, la madre del recién nacido inició primero un proceso penal ante el Juzgado de Instrucción nº 6 de Alcalá de Henares. Este fue archivado, pero aún así, dejó constancia de que no se había seguido adecuadamente el protocolo previsto para la detección de anomalías fetales. Esto le animó a lanzarse por la vía civil.

La demanda fue presentada en el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alcalá de Henares por negligencia diagnóstica. Según la madre, esta le había privado de conocer a tiempo la situación del feto y, en consecuencia, de ejercer su derecho a decidir sobre la continuidad del embarazo.

Hay que recordar que la ley permite la interrupción antes de las 22 semanas en caso de graves anomalías. La sentencia de primera instancia dio la razón a la demandante y condenó a la doctora al pago de 56.000 euros más intereses.

La resolución indicó que la actuación médica no se ajustó a la lex artis y es que el informe ecográfico era demasiado breve y simple en la parte en la que se describían las extremidades del feto vistas. Además, no reflejaba la verificación detallada de los segmentos óseos. Tras el fallo, la doctora recurrió el caso.

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid decidió mantener el criterio del juzgado de Alcalá de Henares, desestimando así todos los recursos y confirmando que la actuación de la médica no se ajustó a los estándares exigibles.

La Audiencia ha reafirmado la condena impuesta a la doctora, obligándola a abonar esos 56.000 euros fijados como indemnización en la sentencia de 2024, junto con los intereses correspondientes.