Vista general del puerto de Navacerrada.

Vista general del puerto de Navacerrada. Tripadvisor

Madrid Comunidad

Los 900 vecinos de la sierra de Madrid convertidos en 'okupas' de sus casas: 100 años de guerra entre Cercedilla y Navacerrada

Una concesión para una línea de ferrocarril en 1920 y su posterior caducidad ha provocado una batalla judicial que continúa sin solución un lustro después.

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En el año 1920, España se encontraba sumida en una profunda inestabilidad política. La presidencia del Gobierno pasaba de las manos de Manuel Allendesalazar Muñoz a Eduardo Dato Iradier y todo el reino se encontraba bajo el mando de Alfonso XIII, quien permanecería en el trono hasta 1931. Desde entonces, muchas cosas han cambiado, pero no la situación de las urbanizaciones más polémicas de la sierra de Madrid.

En aquella lejana década de los años 20 se produjo un hecho cuyo eco ahora, más de 100 años después, suena con más fuerza que nunca. Por aquel entonces, la sierra de Madrid era un paraje casi deshabitado y que apenas recibía visitantes. Sin embargo, en solo unos meses cambió su aspecto por completo, siendo el epicentro de un conflicto que aún hoy perdura.

El 5 de junio de 1917 se constituyó el Sindicato de Iniciativas del Guadarrama (S.I.G.) que después se transformó en la Sociedad Anónima del Ferrocarril Eléctrico de Guadarrama. Esta agrupación tenía el objetivo de realizar las actuaciones y obras necesarias para lograr acercar el Puerto de Navacerrada a todos los madrileños. La más célebre de todas sería la construcción de un tranvía de tracción eléctrica hasta el propio puerto.

Para ello, se otorgó una concesión demanial, es decir, un derecho temporal de uso exclusivo sobre terrenos de dominio público. Allí, además de instalaciones ferroviarias, estaba previsto crear unos sanatorios de altura en beneficio de la colectividad. Esta Real Orden se hizo efectiva el 6 de noviembre de 1919, tal y como transmite el Ayuntamiento de Cercedilla.

Y en virtud de la misma se autorizó a la mencionada Sociedad a ocupar una superficie de 4,213 hectáreas en el monte de utilidad pública nº 32 'Pinar y Agregados' (propiedad del Ayuntamiento de Cercedilla), 3,334 hectáreas en el monte de utilidad pública nº 25 'Pinar de la Helechosa' (propiedad del Ayuntamiento de Navacerrada) y 1,902 hectáreas en el monte de utilidad pública nº 33 'Pinar Baldío' (propiedad de los Ayuntamientos de Cercedilla y Navacerrada).

Concesiones a terceros

En total, la superficie concedida fue de 9,4502 hectáreas, con destino a la construcción de ese ferrocarril de tracción eléctrica desde Cercedilla al Puerto de Navacerrada. Sin embargo, con el paso del tiempo, la Sociedad Anónima del Ferrocarril Eléctrico realizó concesiones a terceros y estos terrenos fueron utilizados para mucho más de lo pactado en sus inicios. Y allí se construyeron locales y viviendas para decenas de familias que suponen hoy más de 900 afectados.

El problema de estas construcciones, desde diferentes negocios hasta chalets de lujo y apartamentos, es que se encuentran en un territorio protagonista de una concesión con fecha de caducidad. De acuerdo con lo establecido por la Ley de Ferrocarriles de 3 de junio de 1855, por la Ley de Obras Públicas de 13 de abril de 1877 y por la Ley de Ferrocarriles Secundarios y Estratégicos de 26 de marzo de 1908 (modificada en parte por la Ley de 23 de febrero de 1912), vigentes cuando se otorgaron ambas concesiones, el plazo máximo de vigencia de las concesiones administrativas era de 99 años.

Por lo tanto, las concesiones otorgadas en 1919 (relativas a la línea de ferrocarril) caducaron en 2018, aunque esta no se hizo efectiva de manera oficial hasta el 16 de abril de 2019. Y con ello, el derecho a permanecer allí de las colonias de Camorritos (propiedad del Ayuntamiento de Cercedilla) y del Puerto de Navacerrada (propiedad del Ayuntamiento de Cercedilla y del Ayuntamiento de Navacerrada, en proindiviso).

Con el paso del tiempo, muchos de estos edificios se inscribieron en el Registro de la Propiedad, se transmitieron en herencias, se hipotecaron e incluso soportaron impuestos municipales como si fueran verdaderas propiedades privadas. Sin embargo, nadie cayó en la cuenta de que aquel título tenía, efectivamente, fecha de caducidad.

Cumplido dicho plazo, la Consejería de Medioambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid inició el procedimiento administrativo para declarar caducada la concesión del derecho de ocupación sobre los terrenos de Camorritos y el Puerto de Navacerrada, de acuerdo con el Informe de la Letrada-Jefe de los Servicios Jurídicos de dicha consejería a fecha 17 de octubre de 2018. En dicho informe se concluía que el citado plazo de duración de dicha concesión era de 99 años y que, por tanto, concluiría ese 16 de abril de 2019.

De esta forma, las familias que durante décadas habían crecido en estas casas pasaban a convertirse, casi 'de la noche a la mañana', en 'okupas' de sus propias casas. La Ley 33/2003, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, indica que la propia Administración debe recuperar el bien y decidir si conserva unas construcciones que pasan a ser de dominio público o si exige su retirada. En este caso, la Comunidad de Madrid declaró formalmente su extinción tras el oportuno procedimiento administrativo.

Desde entonces, y hasta nuestros días, se ha desatado un gran conflicto político, administrativo y judicial y un gran proceso jurídico para la recuperación de dichos terrenos. De hecho, en septiembre de 2024, la Comunidad de Madrid decidió que los allí residentes debían abandonar sus propiedades al estar construidas en monte de utilidad pública fuera del periodo de concesión.

Mientras tanto, los 'okupas' de la sierra madrileña han presentado por el camino más de 320 recursos de reposición y más de 40 recursos contenciosos administrativos contra esa salida de sus viviendas. Ante lo sucedido, el Ayuntamiento de Cercedilla se vio obligado a licitar otro contrato de asesoría jurídica de casi tres millones de euros bajo la amenaza de que el caso pueda terminar en el Tribunal Supremo o incluso en el Constitucional.

Una vivienda de Camorritos

Una vivienda de Camorritos Ayuntamiento de Cercedilla

Tras este dictamen, los vecinos incluso llegaron a ser 'empujados' fuera de sus casas, teniendo un plazo máximo de tres meses para entregar sus llaves sin cargas, es decir, con la hipoteca pagada en el caso de que la hubiera. La cifra de afectados que se ha barajado desde la actualización del conflicto era de 900 personas.

Sin embargo, la muerte de algunos propietarios y el reparto de estas casas entre sus herederos ha hecho que esta cifra haya podido superar incluso las 1.100 personas, tal y como aseguraba el secretario de la asociación de titulares afectados en Camorritos, Enrique Castells, a El País. Unas familias que, por otro lado, llevan gastados miles y miles de euros en su defensa en la mayoría de los casos.

Guerra sin final

Una defensa que para algunos es inútil, ya que como indica el abogado Javier Eiranova, especializado en urbanismo inmobiliario, "el artículo 132.1 de la Constitución Española es claro al consagrar que estos bienes son inalienables e imprescriptibles". Por lo tanto, no se adquieren nunca por el simple paso del tiempo.

Sin embargo, Eiranova explica también que el clavo ardiendo al que se agarran estas familias es que la seguridad jurídica ampara que "quienes compraron, heredaron o gravaron esas viviendas confiaron de buena fe en la apariencia de propiedad que ofrecía un título inscrito en el Registro y validado por décadas de actuación administrativa".

Pero lo más impactante de todo es que el desenlace de esta guerra de los 100 años sigue abierto. Los propietarios que durante décadas han vivido tranquilos en sus casas, creciendo generación tras generación, se han convertido en 'okupas' de sus propias casas y de sus propios negocios familiares, los cuales podrían pasar íntegramente a manos del Estado. Y todo, como indica Javier Eiranova, "sin derecho a indemnización si la Administración decide ejercer la recuperación plena del dominio público".

La batalla legal continúa abierta más de un lustro después de la finalización de la concesión con el ordenamiento jurídico como testigo, debatiéndose entre los principios del dominio público y de la seguridad jurídica. Y todo sin que la sensación de que alrededor de un millar de personas han vivido en una especie de propiedad ficticia pueda ocultarse, mientras surge en paralelo el debate de si el Estado debe asumir alguna responsabilidad por haber permitido eso o si debe prevalecer la protección del patrimonio público por encima de todas las cosas.