Un avión de la aerolínea Plus Ultra en un aeropuerto.

Un avión de la aerolínea Plus Ultra en un aeropuerto. Europa Press

Tribunales

El Gobierno avisa a la juez de que Plus Ultra no podrá devolver los 19 M dados si no se completa el rescate

La Abogacía del Estado respalda la entrega a la aerolínea del préstamo de 34 millones cuyo desembolso la instructora ha paralizado.

22 julio, 2021 20:09

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La Abogacía del Estado ha advertido a la jueza que investiga el caso Plus Ultra de que no completar el rescate de la aerolínea "haría peligrar la devolución de los 19 millones de euros ya desembolsados".

La Abogacía del Estado, que defiende a los cargos de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) que son investigados en el Juzgado número 15 de Madrid por un presunto delito de malversación, apoya que se complete el plan de viabilidad de Plus Ultra acordado por el consejo gestor del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas y aprobado por el Gobierno.

En un escrito dirigido a la instructora, Esperanza Collazos, la defensora de los intereses jurídicos del Gobierno recuerda que el "apoyo financiero público temporal" acordado para Plus Ultra tiene dos partes: un préstamo participativo por importe de 34 millones de euros con vencimiento a siete años y un préstamo ordinario de 19 millones con vencimiento a cinco años, este último ya desembolsado.

La entrega del primero, que estaba prevista para el próximo 28 de julio, ha sido paralizada por la jueza a la espera de que "se acredite su pertinencia".

"Desembolso necesario"

La Abogacía del Estado coincide con el consejo gestor del Fondo en que "el desembolso del importe completo aparece dentro del plan de viabilidad [de Plus Ultra] como necesario para que la compañía pueda lograr el mantenimiento de la actividad, pudiendo la falta de desembolso comprometer la subsistencia de la mercantil y, con ello, el buen fin del apoyo financiero público temporal concedido".

"No desembolsar el importe total concedido implica no cubrir el mínimo necesario para restaurar la viabilidad de la compañía", sostiene la Abogacía del Estado, que recuerda que el Fondo de Apoyo creado por el Gobierno en julio de 2020 arbitra un "apoyo financiero de último recurso a una empresa española cuya viabilidad, tras el impacto sufrido por la COVID, depende de dicho apoyo cuantificado en el importe estrictamente indispensable para recuperar su situación precovid".

Ese apoyo no puede ser superior con el fin de no afectar a la competencia, "pero tampoco inferior al importe necesario para permitir la viabilidad" de la compañía.

"Por un principio de prudencia", señala la Abogacía del Estado, los cargos de la SEPI que se encargan de la gestión del Fondo no desembolsaron de inmediato el préstamo participativo y pidieron informes a Deloitte (asesor legal del expediente Plus Ultra) y a la propia Abogacía del Estado sobre la procedencia de llevar a cabo el desembolso pendiente una vez iniciada la investigación judicial por presunta malversación.

Contratos vigentes

Ambos informes, tanto el de Deloitte como el de Abogacía del Estado, concluyen que, estando vigente la resolución por la que se concedió la ayuda y también los contratos suscritos en ejecución de la misma "debe procederse al cumplimiento de lo resuelto y desembolsar el préstamo participativo pendiente, si bien poniéndolo en conocimiento del Juzgado por si este considerase oportuno adoptar alguna medida al respecto".

El escrito dirigido al Juzgado por la Abogacía del Estado expresa su convencimiento de que los miembros del consejo gestor del Fondo actuaron "estrictamente de acuerdo a la legalidad" cuando acordaron el rescate de Plus Ultra, por lo que considera que el apoyo financiero "debería desembolsarse en los términos aprobados para conseguir el fin perseguido de permitir la viabilidad de la mercantil solicitante".

"En caso contrario", añade, "no sólo no se conseguiría el fin último perseguido y con ello no se daría cumplimiento al interés general que se busca, sino que, además, el desembolso ya realizado de 19 millones de euros se vería comprometido al peligrar la viabilidad de la empresa y con ello su devolución en los términos previstos en el plan de viabilidad, diseñado sobre la base de la percepción del apoyo financiero".

Para la defensa de la Administración, "no proceder al desembolso del préstamo pendiente haría peligrar la devolución de los 19 millones de euros ya desembolsados al quebrar los presupuestos sobre los que se ha diseñado el plan de viabilidad de la empresa".

"No hay quebranto"

El escrito menciona un informe emitido por la Intervención General del Estado y que ha sido aportado al Tribunal de Cuentas, órgano que tiene pendiente decidir si inicia o no una investigación por responsabilidad contable.

La Intervención sostiene que la concesión y desembolso del préstamo a Plus Ultra "no supone un quebranto patrimonial para el Fondo" porque se trataría de un activo "del que es probable que la entidad obtenga en el futuro rendimientos económicos o un potencial de servicio".

"La concesión [del préstamo] dará lugar al reflejo de un activo en el balance de la sociedad, sin que este movimiento produzca efecto alguno en el patrimonio neto de la misma", añade la Intervención.

La Abogacía del Estado afirma, por ello, que la concesión del apoyo financiero "no produce ningún quebranto al Fondo, sino que tal quebranto se produciría en caso de incumplimiento de la obligación de su devolución por parte de Plus Ultra, lo que sin duda se ve comprometido si no se pone a su disposición la financiación autorizada".