Javier Ortega Smith./

Javier Ortega Smith./ Efe

Tribunales

El Supremo no pedirá el suplicatorio contra Ortega Smith, cuya imputación vuelve al juez de Madrid

No acoge la petición del fiscal de archivar la causa penal abierta al dirigente de Vox, que seguirá tramitándose en un Juzgado de Plaza de Castilla.

25 enero, 2020 02:55

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La Sala Penal del Supremo no solicitará al Congreso autorización para juzgar al diputado de Vox Javier Ortega Smith por su presunta implicación en una pelea que se produjo durante una asamblea del partido celebrada en 2016 y a resultas de la cual un militante interpuso una denuncia por las lesiones que sufrió.

El alto tribunal ha considerado que, tal como le expuso el Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid, que investigó los hechos, se trataría de un delito leve, que es equiparable a las antiguas faltas y que, de acuerdo con la doctrina del Supremo, no es competencia del Supremo.

Cuando el Código Penal tipificaba faltas (que desaparecieron en 2015, pasando algunas de ellas a ser delitos leves), la Sala Penal estableció una doctrina en el sentido de que la competencia para el enjuiciamiento de hechos atribuidos a diputados o senadores "debe entenderse referida a hechos que revistan los caracteres de delito y no a aquellos otros que, no revistiendo los caracteres de delito, puedan revestir los de falta".

De acuerdo con esa misma doctrina, "los términos procesado o inculpado que se utiliza [en la normativa que regula la exigencia de responsabilidad penal a aforados] son conceptos procesales atinentes a los procedimientos por delito".

De esta forma, cuando al Supremo le llegaban procedimientos por falta los reenviaba al Juzgado de Instrucción correspondiente, que es lo mismo que ha hecho ahora con las diligencias que afectan a Ortega Smith.

La Sala, por ello, devolverá al Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid el procedimiento abierto al secretario general de Vox, que también afecta a gerente, Santiago Cabanas.

No archiva

El Supremo no ha acogido la tesis del fiscal, que pidió el archivo del proceso, por lo que el asunto continuará su tramitación en el Juzgado, cuyo titular ya dictó el 18 de agosto de 2017 la resolución por la que transformó la actuaciones en juicio por un delito leve de lesiones. Se trata del llamado auto de transformación por el que el Juzgado da por terminada la investigación y aprecia indicios para que, en el supuesto de que se presente escrito de acusación, los imputados se sienten en el banquillo.

Según afirmaba el juez instructor en la exposición elevada a la Sala Penal, de la investigación "resulta acreditado que en el día en el que se celebra la asamblea del partido político Vox el 24 de septiembre de 2016 se produce un altercado en el teatro en el que tiene lugar, en el curso del cual el denunciante resulta lesionado, afirmando éste que los denunciados, entre los que se encuentra el diputado, le golpearon, causándole las lesiones que se han recogido en el oportuno informe del médico forense".

Vox niega la agresión

Vox ha negado que Ortega Smith agrediera a nadia. "No hubo ningún golpe. No hubo agresión. Fue un problema de antiguos afiliados que mantenían disputas internas con nuestro ahora secretario general", manifestó el pasado 17 de diciembre el portavoz del partido en el Congreso, Iván Espinosa de los Monteros, tras trascender la exposición razonada que el juez instructor había elevado al Tribunal Supremo.