El expresidente del Fútbol Club Barcelona, Sandro Rosell, en la Audiencia Nacional.

El expresidente del Fútbol Club Barcelona, Sandro Rosell, en la Audiencia Nacional. EFE

Tribunales SALA DE APELACIÓN

La Audiencia Nacional confirma la absolución de Sandro Rosell, que pasó 21 meses en prisión

La Sala de Apelaciones rechaza el recurso de la Fiscalía y confirma la sentencia de la Sala de lo Penal por sus "acertados fundamentos".

3 julio, 2019 14:42

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La Audiencia Nacional confirma la sentencia absolutoria para el expresidente del Fútbol Club Barcelona, Sandro Rosell, por el presunto blanqueo de comisiones procedentes de los derechos del fútbol brasileño.

La Sala de Apelación del Tribunal comparte con la Sala de lo Penal que no hay pruebas suficientes para condenar al expresidente del Barça, ni a su esposa Marta Pineda, ni a su socio Joan Besolí ni a los otros acusados, Pedro Andrés Ramos, José Colomer y Shahe Ohannessian para los que se solicitaban penas que iban del año de un año de prisión a los seis para Rosell y Besolí, que pasaron casi dos años en prisión preventiva. Los dos solicitaron en más de una decena de ocasiones salir de prisión, Besolí alegando la situación de su hijo, que quedó tetrapléjico en un accidente de tráfico mientras estaba en prisión, y tanto el Juzgado Central de Instrucción número 3 como la Sala de lo Penal lo denegó una y otra vez hasta el comienzo del juicio

La Sala, compuesta por el presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro, y los magistrados Enrique López y Eloy Velasco, éste último como ponente, respaldan la sentencia de la Sala de lo Penal por sus "acertados fundamentos" y rechazan el recurso de la Fiscalía. 

Absuelto Sandro Rosell

Sin pruebas suficientes

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional sostuvo en su sentencia que después de contrastar las pruebas practicadas a instancias de la Fiscalía y de la defensa de Rosell, ejercida por el abogado barcelonés Pau Molins, "solo nos ha sido posible llegar hasta donde hemos llegado, operando en esa valoración con observancia del principio in dubio pro reo (en caso de duda, falla a favor del acusado)".

El Ministerio Público solicitó en las conclusiones provisionales 11 años de prisión para Rosell y Besolí y al concluir el juicio rebajó la solicitud de pena a 6 años de prisión. Acusa a Rosell de haber cerrado un contrato entre la Federación Brasileña de Fútbol y la empresa árabe International Sports Events (ISE) con sede en las islas Caimán que habría generado "fondos sucios" de casi 15 millones de euros. Unas comisiones que, según la Fiscalía, se habrían repartido Rosell, Joan Besolí y el presidente de la Federación Brasileña de Fútbol, Ricardo Teixeira, que no llegó a sentarse en el banquillo. 

Después, según el Ministerio fiscal, Rosell habría lavado el dinero de dicha operación con la simulación de venta de una sociedad suya y habría ocultado el dinero resultante en Andorra.

Por tales acusaciones la instructora de la causa, la jueza Carmen Lamela que estuvo al frente del Juzgado Central número 3, mantuvo en prisión a Sandro Rosell y a Joan Besolí durante toda la investigación. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional también mantuvo la prisión provisional hasta que los acusados declararon en el juicio. 

Finalmente, la Sala de Apelaciones, igual que la Sala de lo Penal, ha considerado que las pruebas expuestas por la Fiscalía no son concluyentes para condenar a los acusados por blanqueo.