Juicio de los 'ordenadores de Bárcenas' en el Juzgado de lo Penal número 31 de Madrid.

Juicio de los 'ordenadores de Bárcenas' en el Juzgado de lo Penal número 31 de Madrid. EFE

Tribunales JUZGADO DE LO PENAL 31 DE MADRID

Durán, acusado de destruir los ordenadores de Bárcenas: "No tenían contraseña ni datos"

Este jueves declaran como testigos la exsecretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, y el extesorero del partido, Luis Bárcenas.

20 junio, 2019 12:44

El asesor legal del Partido Popular, Alberto Durán, ha declarado este jueves durante el juicio de los ordenadores de Bárcenas que fue él quien pidió al responsable de informática del PP, José Manuel Moreno, que borrara el contenido de dos ordenadores portátiles del extesorero del PP, Luis Bárcenas, un Toshiba y un Apple. En el juicio que se celebra ante el Juzgado de lo Penal número 31 de Madrid, el PP se sienta en el banquillo como persona jurídica por destruir dos discos duros de los ordenadores de Bárcenas que contenían, presuntamente, información sobre la caja B del PP. Durán, la tesorera Carmen Navarro y el informático Moreno están acusados por estos hechos de dos delitos de daños informáticos, como el PP, y de uno de encubrimiento. Por estos se enfrentan a una pena de cuatro años y seis meses de prisión y el PP a una multa de casi 11 millones de euros. 

El responsable jurídico del PP ha defendido que dichos ordenadores, que según el propio Bárcenas contenían información sobre la presunta financiación irregular del PP que se investiga en la Audiencia Nacional, "no tenían contraseña ni datos ningunos" y que los limpiaron atendiendo al "procedimiento de borrado o reciclado de los dos ordenadores que se hace con todos los ordenadores del PP cuando alguien fallece, es despedido o le cambian el ordenador" una vez un juez confirmó que dichos ordenadores eran propiedad del PP, ha afirmado Durán, quien también ha sostenido que "nunca he accedido al contenido de esos ordenadores". "No tenía ningún interés en quedarme con un cacharro pleistocénico ni de un ordenador Apple que no valía nada en aquella época", ha defendido.

Decisión de Cospedal 

El asesor legal del PP ha reconocido, como ya se ha publicado en prensa, que fueron la exsecretaria general del partido, María Dolores de Cospedal, y él quienes decidieron entrar en el despacho que Bárcenas ocupaba en la sede madrileña del partido y sacar todas sus cosas de allí porque entendieron que buscaba "comprometer al partido con un litigio laboral" argumentando que tenía un despacho allí en la denominada Sala Andalucía. Afirma que retiraron todas sus cosas salvo los dos ordenadores portátiles, uno de mesa y una televisión. 

Durán asegura que solicitó a Bárcenas en varias ocasiones que argumentara que eran suyos y no lo hizo. "Si los hubiera reclamado, los habría metido en las cajas como el resto de cosas". "Esto es un montaje de Bárcenas para hacer daño al Partido Popular", ha lanzado Durán.

El acusado ha contestado únicamente a las preguntas de la Fiscalía y de su letrado, no a las de la acusación, y en ningún momento se ha referido al procedimiento que se utilizó para destruir dichos discos duros, denominado de borrado seguro, que consistió en la "sobreescritura de los discos duros, hasta en 35 ocasiones, su posterior ralladura, y por último tirarlos a la basura", según el auto de paso a procedimiento abreviado del caso, dictado por el Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid. 

No sabía que Gürtel estaba en marcha

Quien sí se ha referido al procedimiento de borrado ha sido el informático del PP, José Manuel Moreno, para el que las acusaciones también piden 4 años y 6 meses de prisión. Ha reconocido que fue él quien ejecutó el borrado porque lo hace cuando el usuario es algún directivo. Ha explicado que se trató de una "búsqueda ciega y borrado" y que estos procesos se siguen "en las principales multinacionales europeas", así como que él no supo en ningún momento qué información contenían, los ordenadores, ni siquiera que estuviera en marcha el caso Gürtel en la Audiencia Nacional puesto que "él era un técnico".

Además, ha dicho, "en aquél momento no había ningún problema mediático, ningún auto de un juez que pidiera los ordenadores". "El procedimiento de borrado de este ordenador, y de otros del partido, se inicia porque yo encargo una auditoría a Écija Abogados entre 2011 y 2012. En mayo de 2012 nos llega ese informe basado en la ley de protección de datos con medidas correctoras que había que realizar y que dice cuándo debe destruirse el contenido de los ordenadores", ha justificado el informático. 

Los hechos juzgados

En el banquillo de los acusados, además del Partido Popular como persona jurídica representado por la abogada María Massó, del despacho Baker & McKenzie, se sientan Carmen Navarro, tesorera del PP en 2013, Alberto Durán, responsable jurídico del partido, y José Manuel Moreno, responsable informático. Las acusaciones populares, ejercidas por Izquierda Unida, la Asociación de Abogados Demócratas de Europa (ADADE) y el Observatori Desc, piden penas de hasta 4 años y 6 meses de prisión por dos delitos de daños informáticos y uno de encubrimiento. IU solicita una multa de casi 11 millones de euros para el Partido Popular "atendiendo a la gravedad del resultado producido y a la especial afectación sufrida por los intereses generales a consecuencia de los delitos descritos. 

El juicio comenzó el pasado 14 de junio y el Partido Popular no logró su objetivo, que era salir del banquillo de los acusados como persona jurídica ciñéndose a la denominada doctrina Botín, por la que una acusación popular no puede sostener un proceso si decaen la acusación particular y la de la Fiscalía y los hechos juzgados no afecta al interés general.

Finalmente, el magistrado Eduardo Muñoz de Baena decidió dejar la decisión de si corresponde o no aplicar la denominada doctrina Botín al momento de la sentencia y decidió continuar con el juicio con el PP en el banquillo de los acusados. La Fiscalía, aunque no acusa al PP y solicitó el archivo de la causa, sí que considera que la acusación popular está legitimada, puesto que considera que en el delito de encubrimiento se vulnera un bien jurídico protegido, el del buen funcionamiento de la Justicia, por lo que la acusación popular sí estaría justificada atendiendo al punto número 5 del artículo 20 del Código Penal como una de las excepciones del artículo 782.1 de la Lecrim.