Monseñor Ramón Valdivia. Cedida.
Ramón Valdivia, obispo auxiliar de Sevilla, sustituye en Cádiz a monseñor Zornoza tras la acusación de abuso a menores
León XIV nombra a Valdivia administrador tras aceptar la renuncia de monseñor Rafael Zornoza, al que el Vaticano comenzó a investigar a principios de este mes.
Más información: El Vaticano investiga al obispo de Cádiz acusado de un caso de abuso sexual de menores a finales de los años 90
A partir de este sábado monseñor Ramón Valdivia será administrador apostólico de la Diócesis de Cádiz y Ceuta, un cargo al que llega en sustitución de monseñor Rafael Zornoza, alejado del cargo tras ser acusado de abusos sexuales a un menor en los años 90, cuando aún no estaba en el sur de España sino que ejercía su ministerio en Madrid.
Valdivia ha sido nombrado por León XIV tras haber aceptado el papa la renuncia de Zornoza, que a principios de este mes empezó a ser investigado por el tribunal de la Rota, con sede en Madrid por este caso, que en todo caso habría prescrito en la justicia civil.
En sus primeras palabras nada más conocerse el nombramiento, Valdivia, que se desempeñaba como obispo auxiliar de Sevilla, ha mostrado su alegría por ponerse "a disposición de la Iglesia para el servicio que Dios quiera”.
Tras expresar su gratitud al papa León XIV, a monseñor Saiz Meneses y a toda la Diócesis de Sevilla, “por toda la ayuda" que le han brindado y al propio Zornoza “por todo su servicio y acogida”, monseñor Valdivia se ha puesto a disposición de los fieles diocesanos de Cádiz y Ceuta “para que colaboremos juntos en la construcción del Reino de Dios”.
“Espero servir de ayuda en el tiempo que esté entre vosotros, hasta que sea designado el nuevo obispo titular”, ha añadido.
El nombramiento de administrador apostólico tiene repercusiones pastorales y jurídicas, detalladas en el Código de Derecho Canónico.
Monseñor. Valdivia regirá la diócesis en nombre de la Santa Sede, tendrá los deberes y gozará de la potestad del obispo diocesano, con exclusión de todo aquello que por su misma naturaleza o por el derecho mismo esté excluido.
Paralelamente, cesan los oficios de vicario general y de los vicarios episcopales. El administrador apostólico podrá confirmar en forma delegada a los vicarios anteriores las mismas funciones que desempeñaban, hasta la toma de posesión del nuevo obispo.
En cambio, no cesarán el vicario judicial, el ecónomo diocesano y el canciller secretario general.