J.L.B. manifestándose contra el Banco Santander

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España

El activista antidesahucios que se quedó con 16.500 € de un matrimonio al que iba a ayudar

El Tribunal Supremo confirma la condena a un año y medio de cárcel por estafa impuesta por la Audiencia de Jaén a J.L.B.F.

1 noviembre, 2016 11:53

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un año y medio de prisión impuesta por la Audiencia de Jaén a J.L.B.F., un activista de la Plataforma Antidesahucios, por engañar a un matrimonio al que ofreció ayuda apropiándose de 16.500 euros que la pareja le entregó en la creencia de que el dinero iba destinado a unos abogados.

Durante 2011, J.L.B.F., que mantenía un litigio con el Banco Santander, protagonizó por distintas ciudades españolas una campaña de protestas que denominó Peregrinaje contra la inmoralidad de la banca.

Durante esa ruta, un vecino de Jaén, B.M., se puso en contacto con él para darle a conocer la dramática situación de un matrimonio que no había podido recuperar el dinero invertido en preferentes y que quería utilizar para someter a su hijo a un tratamiento experimental en Alemania. Los fondos perdidos (300.000 euros) eran una indemnización entregada al joven, que con 19 años sufrió un accidente de tráfico a resultas del cual quedó en estado vegetativo con tetraplejia y anoxia cerebral.

J.L.B.F. "decidió apoyar la causa e inició con Francisco C. [padre del joven lesionado] una campaña de difusión y denuncia como afectados por la estafa Madoff, con manifestaciones y huelgas de hambre, en Barcelona, ante el Congreso en Madrid, Jaén, etc.", declaró probado la Audiencia de Jaén.

El activista y Francisco C. establecieron una estrecha relación de confianza, visitando el primero la casa del segundo y residiendo éste en la vivienda de Burgos cuando estuvo en Barcelona.

J.L.B.F. le puso en contacto con sus abogados, que aceptaron hacerse cargo del caso del matrimonio jiennense e interpusieron una querella contra los responsables del banco. Unos meses después se llegó a un acuerdo y Francisco y su esposa recuperaron 200.000 euros.

"Unos días después de haber recibido el matrimonio el dinero del banco", J.L.B.F. "movido por un ánimo de ilícito beneficio, con el pretexto y argucia engañosa de hacer un pago a los abogados, requirió a Francisco y Estrella la cantidad de 16.500 euros", señala la sentencia.

El dinero fue ingresado en una cuenta de la que era titular un hijo de J.L.B.F. Los abogados no habían cobrado nada, habían intervenido en el procedimiento instado por Francisco y su esposa de forma totalmente gratuita y así se lo pusieron de manifiesto cuando la mujer llamó al despacho de los letrados para pedir la factura.

Durante el juicio, Francisco declaró que, aunque su esposa no lo sabía, en realidad la cantidad total que había entregado a J.L.B.F. ascendía a 47.000 euros. También puso de manifiesto que en las campañas de protesta recaudaron "mucho dinero" procedente de donativos que se quedaba el activista antidesahucios.

Las pruebas

J.L.B.F. recurrió al Supremo su condena alegando que ésta se basaba en el mero testimonio de Francisco. Adujo que el dinero fue destinado a la campaña y a elaborar un documental y aseguró que no le dijo a Francisco que fuera para los abogados.

La sentencia del alto Tribunal enumera, sin embargo, las pruebas existentes contra J.L.B.F., que no se limitan a las manifestaciones del denunciante. 

De un lado, los abogados confirmaron que quisieron ayudar a Francisco y Estrella a la vista de las circunstancias del caso y sin cobrar honorarios, tal como les dijeron desde un principio. Por eso les extrañó cuando la mujer llamó para solicitar la factura. A raíz de esto renunciaron a defender a J.L.B.F.

B. M., el vecino que puso en contacto a la pareja con J.L.B.F., declaró que éste admitió haberse quedado con el dinero alegando que lo necesitaba para operarse. J.L.B.F. le envió por mail un reconocimiento de deuda documento que consta en el procedimiento judicial, comprometiéndose a devolver el importe de forma fraccionada, pero no abonó nada y dejó de coger el teléfono a B.M.

El Supremo ha ratificado la condena a prisión que, al ser inferior a dos años, podría ser suspendida por la Audiencia de Jaén, aunque la decisión es potestativa. Por un error en la aplicación del tipo penal, la Sala ha eliminado de la condena la pena de multa (1.620 euros) inicialmente impuesta, pero J.L.B. deberá devolver a Francisco y Estrella los 16.500 euros con intereses legales.