Imagen de archivo de una vista que muestra una zona deforestada en plena selva amazónica en Uruara.

Imagen de archivo de una vista que muestra una zona deforestada en plena selva amazónica en Uruara. Bruno Kelly Reuters Uruara (Brasil)

Historias Ley contra la deforestación importada

No más cacao ni café: la Unión Europea prohíbe los productos que acaban con los bosques del mundo

Estas son las claves del nuevo reglamento de la UE que lucha contra la deforestación importada. 

29 junio, 2023 18:40

Este jueves 29 de junio ha entrado en vigor la ley comunitaria para restringir las importaciones de la Unión Europea de determinadas materias primas y productos derivados, como el aceite de palma, la ternera, la soja, el café o el chocolate, que hayan aprovechado la deforestación para su producción. Esta nueva norma, que ha sido resultado de numerosas negociaciones, es un primer paso de la UE para limitar su impacto medioambiental en los bosques del mundo.

La Unión Europea es el segundo mayor importador mundial de deforestación forestal, según el informe Stepping up: The continuing impact of EU consumption on nature, elaborado por la oenegé WWF. El bloque de los 27 es superado solamente por China. “Somos responsables de una importante cantidad de deforestación en el mundo”, explica el portavoz de Mighty Earth en España  y consultor medioambiental independiente, en declaraciones a EL ESPAÑOL. Y estas importaciones proceden de tres zonas: África, Sudeste Asiático y América Latina.

Virginijus Sinkevicius, comisario de medioambiente, calificó el Reglamento (UE) 2023/1115 como “una ley histórica” con la que la UE “asume su parte de responsabilidad por la deforestación y la degradación forestal a nivel mundial". Sin embargo, Carlos Bravo, el representante de Mighty Earth, que ha podido seguir de cerca la articulación de la norma, señala que conviene ser prudente.

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“Es positivo que la Unión Europea reconozca su impacto sobre la deforestación mundial y actúe para amortiguarlo”. Pero no es una panacea. “Como toda propuesta, tiene sus defectos”, señala Bravo. Desde ENCLAVE ODS y con base en lo discutido con este experto, se han elaborado las claves para conocer cómo funciona y a quiénes afecta esta nueva norma.

1. Ni maíz ni carne de cerdo

La lista de la norma comunitaria incluye el ganado bovino, el cacao, el café, el aceite de palma, el caucho, la soja y la madera, así como sus productos derivados. Ha sido un camino muy difícil para que las instituciones europeas hayan llegado a incluir todos estos productos.

De hecho, señala Bravo, “en la primera propuesta, no se incluía el caucho”. Y su inclusión es todo un hito, ya que “Europa importa muchísimo caucho, sobre todo en forma de neumáticos”.

Con la adición del caucho, añade, “también se logró incluir otra serie de productos, como el carbón vegetal, los productos de papel impreso y algunos derivados del aceite de palma”. Pero “el producto más importante de la lista es el ganado vacuno”. “Los terrenos deforestados se utilizan para que pasten las vacas y las ovejas”, explica Bravo.

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En el tren legislativo europeo —el proceso de aprobación de las normas comunitarias—, muchas propuestas se han quedado en papel mojado, confiesa Bravo: “La carne de cerdo, de oveja y de cabra, o las aves de corral se incluían en las propuestas del Parlamento Europeo”. Pero las propuestas no fraguaron. También se dejó fuera al maíz.

2. Una norma "antitramposos"

Las empresas que importen estas materias y productos derivados en la Unión Europea tendrán que rastrear su origen y emitir una declaración de diligencia debida que garantice que no han causado deforestación en sus lugares de origen respecto a los valores existentes a fecha del 31 de diciembre de 2020.

“La norma está muy bien pensada”, explica Bravo. E insiste en que “nadie puede hacer trampas”. “Hay algunos países que han mostrado su rechazo a la norma, como Brasil, Argentina o el bloque del Mercosur, ya que los criterios medioambientales que exige la UE les parecen inadmisibles”, destaca.

Una de las garantías de esta norma es que no solamente afecta a las importaciones de la UE, sino también a los intercambios dentro de las fronteras europeas. De esta manera, se blinda la norma para que sea de obligado cumplimiento y no se pueda impugnar ante la OMC alegando un trato favorable a los productos europeos.

3. Cuenta atrás

La norma dispone que las compañías tendrán que aportar a las autoridades competentes en la UE información sobre sus importaciones, tales como las coordenadas de geolocalización de la producción, y estarán sujetas a inspecciones y controles que podrán ir desde los análisis de ADN hasta la vigilancia vía satélite.

Desde hoy, los grandes operadores y comerciantes disponen de 18 meses para prepararse para cumplir con una normativa que pretende abordar el problema que supone la pérdida de masas forestales. Mientras que los pequeños y medianos productores tendrán 24 meses para hacerlo. Pero, detalla Bravo, “podían haberlo hecho antes”.

“La propuesta de la Comisión Europea se dio a conocer el 17 de noviembre de 2021, y en diciembre del 2022 ya se tenía el acuerdo final”, explica Bravo. Desde entonces, han pasado seis meses y durante ese tiempo, y contando con que la fecha estimada de entrada en vigor a penas ha cambiado, “las empresas ya podían empezar a prepararse para adaptar sus protocolos, sistemas y mecanismos”, aclara.

4. La degradación forestal

No solamente se incluyen aquellos productos asociados a la deforestación, sino también los que se derivan de la degradación forestal. El nuevo reglamento define degradación forestal como "los cambios estructurales de la cubierta forestal, que adoptan la forma de conversión de bosques primarios o bosques de regeneración natural en plantaciones forestales o en otras superficies boscosas, o bosques primarios en bosques de repoblación. 

Y además fija como fecha límite "libre de deforestación" el 31 de diciembre de 2020. Ninguna materia prima o producto derivados podrán entrar o salir del mercado de la UE si se han producido en tierras objeto de deforestación o degradación forestal. 

5. ¿Y las "otras áreas boscosas"?

Otro de los elementos que se quedan fuera es los ámbitos de aplicación. Se incluyen exclusivamente los terrenos forestales, pero no otras superficies boscosas (other wooded lands). La UE disocia estas zonas de los bosques y las define como "terrenos con una extensión superior a 0,5 ha; con árboles de más de 5 metros y una cubierta de copas del 5-10%, o árboles capaces de alcanzar estos umbrales in situ; o con una cubierta combinada de arbustos, matorrales y árboles superior al 10%".

Bravo advierte que no se debe dejar fuera a estas zonas porque, por ejemplo, en Brasil se está dejando de deforestar el Amazonas, pero "la presión de forestal ahora se está yendo a estos otros ecosistemas", como otras superficies boscosas. 

"En la Comisión Europea, una serie de países como España, Alemania y otros que querían incluirlo, pero el Consejo finalmente decidió no incluirlo y evaluar la cuestión dentro de un año", explica Bravo. También se contempla, en el plazo de dos años, su ampliación a otros ecosistemas naturales, incluidas otras tierras con elevadas reservas de carbono y con alto valor en términos de biodiversidad, como praderas, turberas y humedales. 

Junto a estas disposiciones, "el Parlamento Europeo también estaba a favor de aplicar esta norma a las instituciones financieras que realizan préstamos a empresas que contribuyen a la deforestación", explica Bravo. Pero, lamenta, "al final la propuesta no salió adelante".