Montaje fotográfico con Vicente Rouco, arriba a la izquierda, y El Dioni.

Montaje fotográfico con Vicente Rouco, arriba a la izquierda, y El Dioni.

Sucesos

Vicente Rouco, el juez que condenó a El Dioni, habla 36 años después: "La sentencia me dejó mal sabor de boca"

El magistrado toledano presidió el tribunal que sentenció a tres años y cuatro meses de prisión al mediático ladrón que se llevó un furgón con 298 millones de pesetas.Más información: El gran golpe de 'El Dioni': da el salto a los casinos 30 años después del mítico robo al furgón

Manuel Moreno
Publicada

"Fue una condena leve y la sentencia me dejó un mal sabor de boca". El juez Vicente Rouco tenía 32 años cuando presidió el tribunal que condenó a Dionisio Rodríguez Martín a tres años y cuatro meses de prisión por llevarse un furgón blindado de la empresa Candi con 298 millones de pesetas, casi 1,8 millones de euros, en la ciudad de Madrid.

Más conocido por Dioni, este vigilante jurado de transportes fue admirado por muchos ciudadanos y se hizo famoso cuando en 1989 dio el mediático golpe, del que este lunes 28 de julio se cumplirán 36 años.

En una sentencia con fecha 30 de mayo de 1991, la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid lo condenó por apropiación indebida y lo absolvió del delito de robo, además de exculparlo de falsedad en documento de identidad. Pero sí fue obligado a devolver casi 140 millones de pesetas, dinero del que no se sabe su paradero.

"Estoy como una vaca que ve pasar el tren", dijo ufano el Dioni después de conocer el fallo del tribunal presidido por el joven Rouco. "La pena fue leve para la entidad del perjuicio que se causó", afirma el magistrado 36 años después.

Y reconoce que la regulación penal de conductas como las del Dioni es "demasiado benevolente", aunque insiste en que los jueces solamente aplican las leyes aprobadas por las Cortes.

Juez toledano

Nacido en la localidad toledana de La Puebla de Montalbán, Vicente Rouco ingresó en la carrera judicial en 1982 y es magistrado desde 1987. Ejerció durante 20 años, entre 2005 y 2025, como presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM), y el pasado 15 de julio tomó posesión como miembro de la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional.

"Tengo que confesar que la sentencia me dejó un mal sabor de boca. Primero por la pena, que la consideré leve, y también porque el efecto social de la sentencia no fue, la verdad, muy adecuado y satisfactorio", asegura.

"Y creo que se debería haber barajado algún margen mayor de pena", agrega. Porque "la imagen social de aquella sentencia no respondió a una de las funciones que quizá debe tener la Justicia que es la de prevención, la de amenaza a los delincuentes".

Fue un juicio mediático, retransmitido en directo por medios de comunicación, y Rouco admite que le hubiera gustado aceptar la pena del fiscal, que solicitaba seis años de prisión por robo. Pero remarca que "no se podía legalmente ya que no había habido robo, claramente".

Botín y huida

El día de verano que se llevó el furgón blindado, el Dioni simuló por la tarde un agudo dolor de ciática y convenció al conductor de que lo dejara en su lugar. Cuando sus dos compañeros bajaron para recoger la recaudación en una pastelería en la madrileña calle de Alberto Alcocer, tomó el volante del vehículo y lo trasladó dos kilómetros hasta la calle del Maestro Lacalle, donde cambió a su coche, un Audi, las sacas con 298 millones de pesetas.

Entregó a un conocido una gran cantidad de dinero antes de dejar su coche estacionado en el aeropuerto de Barajas. Se compró una peluca, unas gafas como las de John Lennon, huyó primero a Portugal con un pasaporte falsificado y luego a Brasil con el nombre de Carlos Patricio.

Se estableció en Río de Janeiro, donde llevó una vida disoluta de lujo hasta que fue detenido casi dos meses después, el 19 de septiembre, junto con un hombre y una mujer que eran matrimonio.

Condena y extradición

Mientras sus dos acompañantes fueron expulsados a España, el vigilante fugado fue condenado en Brasil a dos años de cárcel por falsedad en documento, debido al pasaporte falsificado que llevaba, y de contrabando. Como existía una orden internacional de detención, fue extraditado finalmente en julio de 1990.

Rouco recuerda que "no existía tratado con Brasil y no había ninguna norma que permitiera la extradición de los delincuentes que se refugiaban allí para eludir la acción de la Justicia". Pero las autoridades brasileñas accedieron en este caso después de que lo detuvo la Policía brasileña, a la que "le llamó la atención las elevadas e ingentes cantidades de dinero que gastaba y las compañías femeninas que frecuentaba, según pudimos comprobar en las actuaciones".

El magistrado rememora que "España solicitó la extradición y Brasil la concedió con arreglo al principio de reciprocidad". Sin embargo, esa extradición impedía que se juzgara al Dioni por hechos distintos a los que había sido pedida. El juzgado instructor había solicitado la extradición por el delito de apropiación indebida, "yo creo que correctamente", apunta Rouco.

140 millones de pesetas

En Madrid, la Policía encontró 157.217.000 pesetas. Casi 140 millones se encontraban en un domicilio de un matrimonio compinche del Dioni. Estaban ocultos en el altillo de un dormitorio, que había sido cerrado con escayola y sellado con silicona, y en el armario de esta misma estancia, detrás de unos altavoces de un equipo de música. Casi 16 millones en la parte posterior de un mueble de cocina dentro de un local, dos más aparecieron en un vehículo y medio millón en otro domicilio.

El 24 de mayo de 1991, el Dioni fue juzgado en la Audiencia Provincial de Madrid. Se sentó junto a dos matrimonios que lo ayudaron a esconder parte del dinero y que le llevaron una cantidad hasta Brasil. Enfrente, un tribunal que Rouco presidía porque, a sus 32 años, era el magistrado más antiguo de la Sección Quinta en ese momento.

El abogado del vigilante jurado, el polémico y mediático José Emilio Rodríguez Menéndez, quien realizó una defensa técnica, porque los hechos estaban claros, y presentó a su cliente como autor de hurto: "Aquí no hubo ni robo, ni estafa ni apropiación indebida, sino sólo un delito de hurto, porque así debe calificarse la conducta de quien tomó una cosa mueble ajena y, llevándosela del lugar donde se encontraba, la incorporó a su patrimonio".

Sin fuerza ni violencia

El fiscal "quería que se le condenara por robo, un robo agravado, pero nosotros, el tribunal, entendimos que no procedía con arreglo a los hechos que estaban probados", reconstruye Rouco.

"No había empleado fuerza en las cosas o violencia, sino que, abusando de su condición de vigilante y engañando a sus compañeros", se llevó el furgón blindado. La única circunstancia de agravación que concurría, por tanto, era la elevada cantidad de dinero sustraída.

Revive cómo los tres miembros del tribunal debatieron qué pena ponerle y lo condenaron finalmente a tres años y cuatro meses de prisión menor. "Triunfó mayoritariamente la tesis de que, si había apropiaciones indebidas de mucha mayor cuantía, no habría margen superior para esos asuntos. Y entendimos que esa era la solución adecuada".

Apropiación indebida

El Tribunal Supremo ratificó que la Audiencia Provincial de Madrid consideró correcta la condena por unos hechos calificados como delito de apropiación indebida. Cuando la Sala de lo Penal del Alto Tribunal falló, el Dioni llevaba en la calle casi dos años. Había salido en libertad provisional cinco días después de ser condenado por haber cumplido ya dos terceras partes de la pena.

En septiembre de 2014, el Dioni afirmó que "lo volvería a hacer con mucho más dinero. En aquella época sentí cierto remordimiento de conciencia y ahora, con lo que está pasando en el país, lo que anima es a robar. Porque, si no, eres tonto". Lo dijo en una entrevista en la SER y Vicente Rouco nunca lo había oído.

"Me llama mucho la atención esa confesión y me hace reflexionar sobre algo que debatimos entonces jurídicamente y que podía seguir debatiéndose ahora: la penalidad de estos delitos, para disuadir ese tipo de acciones", afirma el magistrado.

"Porque, desde luego, moralmente no puede ser aceptable. No puedo aceptar que robar está bien y hay gente que lo ve con buenos ojos. En la sociedad prima todo lo contrario, la gente honrada, y lo que la gente honrada siente es repulsión a este tipo de conductas", sentencia Rouco.