Desireé Vila

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El médico que trató a la gimnasta Desirée Vila, que perdió una pierna, no irá a la cárcel

La Audiencia de Pontevedra estima en parte un recurso del traumatólogo, que tampoco será inhabilitado.

29 enero, 2019 19:47

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha revocado la condena a dos años de cárcel impuesta por el Juzgado de lo Penal número 3 de Vigo al traumatólogo Pedro L.P. por un delito de imprudencia profesional con resultado de lesiones del que fue víctima la gimnasta Desirée Vila y que provocaron la amputación de parte de una pierna.

En febrero de 2015 Desirée Vila, gimnasta acrobática de élite, tuvo un grave accidente cuando entrenaba, sufriendo rotura de tibia y peroné. Aunque inicialmente la llevaron al hospital Fátima, luego fue trasladada al Centro Médico El Castro, donde fue intervenida. Finalmente, complicaciones vasculares obligaron a llevarla al hospital Povisa, donde tuvieron que amputarle parte de la pierna.

La Audiencia, que ha revisado la sentencia dictada en la primera instancia, ha rebajado la pena del traumatólogo a una multa de 9.000 euros al considerar que fue autor de un delito de lesiones por imprudencia "menos grave", que tampoco conlleva inhabilitación. 

La sentencia del tribunal provincial considera probados los hechos pero tiene en cuenta la reforma del artículo 152 del Código Penal, que introduce una diferencia entre los delitos de lesiones por imprudencia grave y aquellos que son por imprudencia menos grave. 

Explica que, si bien hubo un retraso en el diagnóstico y una tardanza en el traslado de Desirée Vila al hospital Povisa, hay constancia de que el facultativo "no abandonó a la paciente ni su evolución" y que "adoptó algunas medidas de control, pese a que, lamentablemente, después no actuó en consecuencia".

Asimismo, sostiene que tanto el retraso en la práctica de la primera prueba de imagen como el traslado a otro hospital "no respondió en exclusiva" a decisiones del ámbito del traumatólogo.

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La Audiencia también ha estimado parcialmente los recursos de la clínica El Castro, defendida por el bufete De Lorenzo Abogados, y de la aseguradora. Así, ha anulado la indemnización de 2,1 millones de euros para financiar prótesis y ha ordenado la cuantificación de las mismas en ejecución de sentencia de acuerdo con tres factores: pérdida de calidad de vida, edad de la víctima y años de recambio de cada prótesis.

También ha revocado la cuantía establecida como indemnización por prejuicio estético, que era de 111.149 y la ha fijado en 51.061 euros. Respecto a la indemnización por las secuelas, la ha establecido en 147.356 euros frente a los 176.954 de la sentencia de primera instancia.

Asimismo, ha reducido a la mitad los 100.000 euros fijados como indemnización por pérdida de calidad de vida y anula el pago de cualquier cuantía por daño moral complementario y por gastos sanitarios futuros.

[Más información: Condena para un médico por la amputación de una pierna de una gimnasta]