Distintos tipo de comida en lata.

Distintos tipo de comida en lata. Freepik

Ciencia

En vigor: la UE cambia las normas de los envases de comida y limita los “químicos eternos” que pueden contener

Ni cajas ni envoltorios sin control: la UE endurece los límites de PFAS en envases alimentarios.

Más información: Entró en vigor: España obliga a controlar el agua del grifo y los 20 ‘químicos eternos’ que tiene desde 2026

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Desde el 12 de agosto de 2026, la UE limita los PFAS en los envases destinados a entrar en contacto con alimentos mediante el Reglamento 2025/40.

La restricción abarca cualquier material, incluidos papeles antigrasa, cartones, envoltorios de comida rápida, cajas de pizza y recipientes para llevar; no solo plásticos.

Los nuevos envases no podrán superar 25 ppb de un PFAS, 250 ppb de la suma de PFAS detectados o 50 ppm de PFAS totales, según el método de análisis.

Los envases comercializados antes de la fecha de aplicación pueden seguir circulando; los introducidos después deberán demostrar que cumplen los límites, también si usan material reciclado.

La comida para llevar o unas palomitas de microondas pueden llegar en materiales preparados para resistir grasa y humedad. Esa comodidad tiene una cara menos visible: algunos envases han utilizado sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas, conocidas como PFAS, que permanecen durante mucho tiempo en el medioambiente.

La Unión Europea acaba de endurecer las reglas. Desde el 12 de agosto de 2026 se aplica el Reglamento 2025/40 sobre envases y residuos de envases, una norma directamente obligatoria en los Estados miembros que limita la presencia de estos compuestos en los recipientes destinados a entrar en contacto con alimentos.

El reglamento entró en vigor el 11 de febrero de 2025, pero concedió dieciocho meses para su aplicación general. Conviene distinguir ambas fechas: su publicación no convirtió inmediatamente todos sus requisitos en exigibles.

La restricción afecta a envases de cualquier material pensados para tocar comida. No se reduce al plástico. Puede alcanzar papeles antigrasa, cartones, envoltorios de comida rápida, bolsas de palomitas, cajas de pizza o recipientes para llevar si superan las concentraciones fijadas.

Tres límites para detectar los PFAS

La norma no establece una única cifra. Prohíbe comercializar el envase alimentario cuando contenga 25 partes por mil millones o más de cualquier PFAS medido mediante un análisis dirigido. Los PFAS poliméricos quedan fuera de esta primera medición concreta.

Un segundo límite se sitúa en 250 partes por mil millones para la suma de PFAS detectados mediante análisis dirigido, incluyendo, cuando proceda, la degradación previa de precursores. El tercero asciende a 50 partes por millón para el conjunto de PFAS, incluidos los de tipo polimérico.

Una parte por mil millones equivale aproximadamente a un microgramo por kilogramo de material; una parte por millón, a un miligramo por kilogramo. Los tres umbrales responden a métodos distintos y no deben compararse como versiones contradictorias del mismo dato.

Además, si el contenido total de flúor supera 50 miligramos por kilogramo, el fabricante, importador o usuario posterior tendrá que aportar, cuando se le solicite, pruebas sobre la cantidad de flúor atribuible a PFAS o a sustancias que no lo son. Así se pretende evitar que un resultado global se interprete automáticamente de manera equivocada.

Estas sustancias se han empleado por su capacidad para repeler agua, aceite y manchas. El problema es su enorme persistencia: algunas apenas se degradan, pueden desplazarse por el agua y acumularse en organismos. La familia incluye miles de compuestos, con propiedades y niveles de evidencia toxicológica distintos; no todos presentan exactamente el mismo riesgo.

La medida busca reducir la exposición de los consumidores y la liberación de PFAS durante la fabricación, el uso y la gestión del residuo. No significa que abrir una caja antigua provoque una intoxicación inmediata, sino que la UE ha decidido disminuir una fuente evitable dentro de una estrategia más amplia.

Tampoco obliga a retirar todos los envases que ya estaban en tiendas o almacenes. Las orientaciones de la Comisión aclaran que los comercializados antes del 12 de agosto de 2026 pueden continuar circulando. En cambio, cualquier envase alimentario introducido en el mercado después debe cumplir los límites, aunque esté fabricado con material reciclado.

Para el consumidor, el cambio probablemente será discreto. No habrá una etiqueta universal anunciando “sin químicos eternos” en cada caja. La responsabilidad recae principalmente en fabricantes, importadores y distribuidores, que deben demostrar la conformidad mediante documentación técnica, declaraciones y controles de las autoridades competentes.

El reglamento va mucho más allá de los PFAS. Pretende reducir residuos, impulsar la reutilización y conseguir que todos los envases sean reciclables siguiendo un calendario gradual. Algunas obligaciones de etiquetado, contenido reciclado y reducción comenzarán más adelante, de modo que no todo el paquete normativo se estrena a la vez.

La novedad inmediata está en aquello que toca la comida. Desde agosto, resistir una salsa o una hamburguesa grasienta ya no basta: los envases nuevos también tienen que acreditar que sus sustancias persistentes permanecen por debajo de los límites europeos.