Una empleada del hogar, en una imagen de archivo.

Una empleada del hogar, en una imagen de archivo. Ricardo Rubio Europa Press

Zamora

El TSJCyL confirma la condena a una empleada del hogar por apropiarse de casi 28.000 euros de una anciana a la que cuidaba

Con la tarjeta de la nonagenaria compró productos de perfumería, un Apple Watch, una olla y hasta reparó su propio vehículo.

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena a una empleada del hogar por un delito continuado de estafa al apropiarse de 27.940,15 euros de una anciana, de casi 90 años, en cuyo domicilio trabajaba en Benavente entre 2020 y 2021.

La Sala de lo Civil y Penal ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa y ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Zamora.

La acusada trabajaba como empleada doméstica tres días por semana en casa de la nonagenaria, cobrando entre 12 y 15 euros por hora.

Según recoge la sentencia, "aprovechó su acceso al domicilio para realizar reintegros en cajeros automáticos y pagos con tarjeta por valor de 27.940,15 euros sin autorización de la titular".

La perjudicada guardaba la tarjeta bancaria junto a un papel con el PIN en un mueble de la vivienda, y la trabajadora había tenido acceso a ella en varias ocasiones.

Los movimientos no autorizados con la tarjeta se produjeron durante la relación laboral y cesaron inmediatamente después de que esta finalizara.

El total incluye 25.180 euros retirados en efectivo en cajeros y 2.760,15 euros gastados en compras, entre ellas productos de perfumería, un Apple Watch, artículos de veterinaria, una olla y una sandwichera, pintura, decoración, un edredón, medicamentos y reparaciones de un vehículo que resultó ser propiedad de la propia acusada.

También se documentaron compras a nombre del novio de la empleada y de una tercera persona.

En el recurso de apelación, la defensa alegó vulneración del derecho a la presunción de inocencia y solicitó rebajar la responsabilidad civil a 4.760,15 euros, reconociendo únicamente una parte de los hechos.

Sin embargo, el TSJ considera que "la actividad probatoria fue suficiente y con garantías", y recuerda que existe incluso una grabación en la que se ve a la acusada retirando dinero en un cajero cercano al domicilio de la víctima.

El tribunal también señala que "las operaciones realizadas con la tarjeta eran totalmente inhabituales para una persona de 90 años", y que muchas de las compras constaban a nombre de la acusada o de personas de su entorno.

La Sala califica de "inverosímiles" las explicaciones de la condenada y concluye que "no ha existido infracción de la presunción de inocencia ni error en la valoración de la prueba", por lo que confirma íntegramente la sentencia original, que impuso dos años de prisión, la inhabilitación para el sufragio activo durante la condena y el pago de la indemnización completa.

No se imponen las costas del recurso a la apelante, al no apreciarse mala fe o temeridad. Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.